Ayudas para la realizacion, por las entidades locales, de actuaciones de urbanismo comercial en la Comunidad Autonoma de Aragon.

Código de ayuda:

S05491/14

Norma:

ORDEN de 11 de febrero de 2014. Decreto 183/2010, de 5 de octubre. ORDEN de 19 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de marzo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2015, con cargo al Fondo Local de Aragón, ayudas para la realización, por las entidades locales, de actuaciones de urbanismo comercial en calles o zonas y áreas comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria e Innovación (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto máximo solicitado al amparo de esta convocatoria total no podrá superar la cantidad de 45.000 euros.

Dentro del crédito disponible, la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos y otras entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de inversiones, por las entidades locales previstas en el apartado tercero, destinadas a la mejora del urbanismo comercial de las calles, zonas y áreas comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Serán gastos subvencionables aquellos que respondan de manera inequívoca a la naturaleza de la actividad subvencionada y sean realizados por los beneficiarios indicados en el apartado siguiente, siempre que deriven de los siguientes conceptos:

a) Actuaciones urbanas o acciones de urbanismo comercial, reconvirtiendo zonas de marcado carácter comercial en áreas peatonales, o mejorando el tránsito y la accesibilidad (bordillos, aceras, supresión de barreras...), y el estacionamiento en dichas calles comerciales.

b) Actuaciones de modernización y equipamiento de mobiliario urbano, iluminación, señalización u otras similares, orientadas a ofrecer una imagen unitaria de las zonas comerciales del municipio y que fomenten la actividad comercial del mismo.

Requisitos:

No se considerará gasto subvencionable el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo cuando la entidad local no deba efectuar declaración de dicho impuesto, previa acreditación mediante certificado expedido por el Secretario de la entidad local.

Documentos asociados

Boletín: 18/10/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/03/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 48
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento