Ayudas para la realizacion de tesis doctorales, en el marco del programa Junta para la Ampliacion de Estudios - Modificación.
Código de ayuda:
S14828/08Norma:
RESOLUCION de 20 de febrero de 2008. Resolucion de 11 de diciembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Del 12 de marzo al 1 de abril, ambos inclusive.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es la concesión de 287 ayudas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, para la realización de tesis doctorales en Centros o Institutos del CSIC y de sus Unidades Asociadas, bajo la dirección de sus investigadores, de las cuales 235 se distribuirán entre los distintos Centros e Institutos del CSIC, según la relación que figura en el Anexo I de esta convocatoria y 25 entre las Áreas del CSIC con destino en sus Unidades Asociadas.La asignación a Centros e Institutos de las ayudas objeto de esta convocatoria se enmarca en el Plan de Actuación 2006-2009 del CSIC.
El 5% de estas ayudas estarán reservados a candidatos que tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 y lo hagan así constar en la solicitud.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar artículo 10.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas los candidatos que cumplan los siguientes requisitos:a) Estar en posesión del título o haber finalizado los estudios para acceder a un Programa de Doctorado, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1393/2007 o conforme a alguna de las siguientes
ordenaciones universitarias anteriores:
Título oficial que permita el acceso a la realización de los estudios de doctorado de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de posgrado.
Título de máster o tener superados 300 créditos entre los estudios de grado y de posgrado oficiales, para los que realicen los estudios de doctorado adaptados al Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado. Asimismo, los que hayan sido admitidos en un programa oficial de posgrado que incluya un master como parte de la formación de los estudios de doctorado, de conformidad con lo regulado por el Real Decreto 56/2005.
b) La fecha de finalización de estudios, debidamente acreditada, considerándose como aquella en la que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que constituyen el programa
completo de la titulación correspondiente, deberá ser:
Posterior al 1 de enero de 2004, en el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos, o equivalente en sistemas universitarios extranjeros.
Posterior al 1 de enero de 2000 para los que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años, entre el 1 de enero de 2000 y el 1 de enero de 2004.
En la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplir los requisitos exigidos en el apartado 2.1 a). También podrán solicitar estas ayudas candidatos que aún no hayan finalizado sus estudios
siempre que, en el plazo de presentación de documentación referido en el apartado 6.4, cumplan los requisitos exigidos en el apartado 2.1.a).
Acreditar la dirección de un investigador de plantilla del CSIC o de sus Centros Mixtos, que disponga de financiación para la ejecución del trabajo relacionado con el programa de formación. La firma del Director
del Centro o Instituto en la solicitud, avalará el cumplimiento de este último requisito. Un mismo investigador no podrá figurar como director de tesis en más de dos solicitudes de esta convocatoria. En el caso de ayudas destinadas a Unidades Asociadas, el director de tesis será un investigador doctor de plantilla de la institución asociada al CSIC, actuando como tutor un investigador de la plantilla científica del CSIC.
Haber obtenido una calificación media de todos los créditos de la carrera igual o superior a 1,50 aplicando el siguiente baremo: Aprobado = 1, Notable = 2, Sobresaliente = 3 y Matrícula de Honor = 4. La nota media
deberá figurar en la certificación académica personal acreditativa de los estudios realizados, exigida en el apartado 4.2.b) de esta resolución. En caso de que la certificación académica no haga constar la nota media
referida a la totalidad de los créditos aprobados, en la escala de 1 a 4, deberá aportarse obligatoriamente un impreso de declaración de la nota media firmado por el solicitante según el modelo a que hace referencia el apartado 4.2.b). También será obligatorio el citado impreso de declaración de la nota media para los solicitantes que hayan cursado sus estudios en Universidades no españolas y para aquellos que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes no hubieran superado la totalidad de los créditos de que consta la titulación exigida.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los candidatos podrán optar a un máximo de dos ayudas entre las relacionadas en el listado de Centros y ayudas (Anexo I, también disponible en los servidores de información del CSIC).En la solicitud se incluirá el orden de prioridad. Las solicitudes deberán incluir las firmas de aceptación
del director de tesis y del Director del Centro o Instituto donde se vaya a desarrollar el programa de trabajo. En el caso de las ayudas con destino en las Unidades Asociadas, la solicitud incluirá las firmas del
director de tesis, del tutor del investigador en formación en el CSIC y del Director del Instituto o Centro del CSIC al que está vinculada la Unidad Asociada.
Documentos asociados
Boletín:
04/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 55
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 55
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín:
02/01/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 2
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 2
Documento: Modificación Descargar Documento