Ayudas para la realizacion de pruebas diagnosticas previstas en la ejecucion del programa de sanidad animal de prevencion, lucha y erradicacion de la tuberculosis bovina.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S40437/13

Norma:

ORDEN AAM/267/2013, de 21 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para 2013 las ayudas destinadas a la realización de las pruebas diagnósticas del programa de erradicación de la tuberculosis bovina.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda se establece de acuerdo con el siguiente módulo: 1,50 euros por prueba diagnóstica de intradermorreacción a la tuberculina bovina (IDT).

La cuantía máxima destinada a esta ayuda y la aplicación presupuestaria a la que se debe imputar es la que se determina en el artículo 2.3 de la Orden de la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de defensa sanitaria de ganado vacuno reconocidas oficialmente en Cataluña que lleven a cabo la realización del programa de lucha y erradicación de la tuberculosis bovina en las explotaciones establecidas en el apartado 1 de estas bases reguladoras y que tengan los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes derivados de la realización de la prueba diagnóstica de intradermorreacción a la tuberculina bovina (IDT) de acuerdo con el programa de erradicación de la tuberculosis bovina para 2013, en las explotaciones bovinas de reproducción y en las explotaciones bovinas de engorde autorizadas a albergar más de 10 bovinos reproductores.

Requisitos:

a) Que estén integradas en una única agrupación de defensa sanitaria encargada de la prestación de los servicios para el cumplimiento del programa sanitario de lucha y erradicación de la tuberculosis bovina. A estos efectos, se tendrán en cuenta las explotaciones ganaderas respecto a las que la ADS, junto con el titular de la explotación, hayan notificado a la administración su vinculación.

b) Que estén inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas, que prevé el Decreto 61/1994, de 22 de febrero, sobre regulación de las explotaciones ganaderas, como subexplotación bovina de reproducción o de engorde autorizadas a albergar más de 10 bovinos reproductores.

c) Que hayan cumplido los programas sanitarios oficiales obligatorios establecidos por la normativa vigente.

d) Que cumplan los requisitos establecidos en materia de bienestar animal en vigor.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6492
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento