Ayudas para la realización de proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad publica de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios, para el curso escolar 2007-2008.
Código de ayuda:
S70955/07Norma:
Resolucion de 19 de noviembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/12/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta resolución tiene por objeto convocar ayudas para la realización de proyectos de fomento de uso del gallego en los centros públicos de enseñanza de Galicia, dependientes de la Consellería de Educación yOrdenación Universitaria, promocionados por los equipos de normalización lingüística o por el profesorado
responsable del proyecto en aquellos centros de enseñanza de menos de tres unidades, durante el curso
escolar 2007-2008.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La financiación máxima que se otorgará para cada proyecto no superará los 2.500 euros. Esta cuantía en ningún caso podrá exceder el coste total del proyecto.Si para el mismo proyecto se solicitase algún otro tipo de ayuda o subvenciones ante cualquier otra administración o ente público, deberá adjuntarse a la solicitud una declaración en la que se exprese el conjunto de las solicitudes efectuadas o concedidas.
Dado el carácter plurianual, su concesión se entenderá condicionada a que en los presupuestos de gasto
del año 2008 exista crédito adecuado y suficiente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros de titularidad pública de Galicia que imparten enseñanza reglada de nivel no universitario.Requisitos:
Para optar a esta convocatoria, deberán cumplirse los siguientes requisitos:a) El equipo de normalización y dinamización lingüística que plantee el proyecto deberá estar formalmente
constituido de acuerdo con lo previsto en el artículo 82 del Decreto 324/1996, de 26 de julio, y en el artículo 63 del Decreto 374/1996, de 17 de octubre.
b) Los proyectos deberán estar incluidos en la programación anual de actividades aprobada por los centros.
Con carácter excepcional, debidamente justificado, en caso de equipos de nueva creación, podrán
subvencionarse proyectos que no estuviesen incluidos en la programación inicial.
c) Para optar a la financiación derivada de esta convocatoria, los centros que recibieron ayudas de la
Secretaría General de Política Lingüística por este concepto en la convocatoria anterior (2007) deberán
haber justificado correctamente (en tiempo y forma) los gastos correspondientes a los proyectos aprobados.
d) Los proyectos y las actividades desarrolladas al amparo de esta convocatoria deberán presentarse y
desarrollarse de acuerdo con la vigente normativa ortográfica y morfológica del idioma gallego fijada por
la Real Academia Gallega el 12 de julio de 2003, tal y como se establece en la disposición adicional de la
Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística (DOG nº 84, del 14 de julio). Asimismo, cuidarán
el respeto de la toponimia oficial en los términos previstos en el artículo 10 de la citada ley.
Documentos asociados
Boletín:
23/11/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 227
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 227
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento