Ayudas para la realización de proyectos de Cooperación en países en vías de desarrollo y a proyectos de Educación para el Desarrollo y Sensibilización Social.

Código de ayuda:

S14319/04

Norma:

Decreto de 3 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del régimen jurídico de las subvenciones de la Gerencia de Inmigración, Cooperación y Voluntariado otorgadas a favor de entidades sin ánimo de lucro para cofinanciar las siguientes acciones:
— Proyectos de Cooperación para el Desarrollo
— Proyectos de Educación para el Desarrollo, y
— Proyectos de Sensibilización Social

Dichas acciones estarán dirigidas a países en desarrollo y a proyectos de educación y sensibilización a la población madrileña.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— Los proyectos de Cooperación presentados a esta Convocatoria deberán contar con un 20% del coste estimado cofinanciado
entre la Entidad Solicitante y el aporte local del país de que se trate.
— El proyecto podrá ser subvencionado en el 100% de lo solicitado que nunca excederá del 80 por 100 del coste total del proyecto, incluidos los costes indirectos que no podrán superar el 10 por 100.
— Se entiende por costes indirectos los relativos a la identificación, formulación, seguimiento y evaluación del proyecto.
— No se financiarán costes indirectos en los proyectos de Educación para el Desarrollo y Sensibilización Social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Entidades u Organizaciones No Gubernamentales, sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) EN MATERIA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
Serán objeto de subvención los proyectos de Cooperación que deberán tener como finalidad la erradicación de la pobreza en los países en vías de desarrollo.
1. Áreas geográficas:
Los proyectos de Cooperación para el Desarrollo preferentemente subvencionarán actuaciones que se desarrollen en alguna de las áreas geográficas prioritarias:
— Hispanoamérica
— Magreb
— África subsahariana
En esta convocatoria serán prioritarios los siguientes países:
Perú, Bolivia, Ecuador, Colombia y Marruecos.
2. Áreas de intervención:
— Socioeducativa: Educación formal, alfabetización, apoyo a niños y adolescentes trabajadores e infraestructuras educativas.
— Proyectos productivos y de capacitación laboral:
Desarrollo de micro emprendedores, capacitación para el autoempleo, microcréditos y mejora de las condiciones sociales de
los trabajadores.
— Sociosanitaria: Atención primaria de salud, prevención y lucha contra el VIH/SIDA, salud reproductiva, salud maternoinfantil,
capacitación de agentes de salud para la prevención, la higiene y la promoción de la salud, así como infraestructuras sanitarias.
— Infraestructura básica: Construcción y rehabilitación de viviendas, suministros energéticos, canalización y suministros de agua, letrinización y recogida de residuos sólidos.
— Proyectos de promoción de la sociedad civil: Promoción y defensa de los derechos humanos y la democracia, fortalecimiento de la sociedad civil, desarrollo local y gestión municipal.
— Proyectos que promuevan la equidad de género.
En esta convocatoria serán prioritarios los proyectos productivos y de capacitación laboral, los del área socioeducativa y los de promoción de la sociedad civil.
3. Sectores de Población:
La población más vulnerable, la infancia , los jóvenes y las mujeres; proyectos dirigidos a micro emprendedores, y a núcleos de población desfavorecida, en especial refugiados y desplazados por conflictos internos.

B) EN MATERIA DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO
Se financiarán proyectos que comprendan acciones formativas destinadas tanto a centros escolares como a centros docentes de enseñanza superior y postgrado, y de estudio e investigación en materia de cooperación al desarrollo.

C) PROYECTOS DE SENSIBILIZACION SOCIAL
Se financiarán proyectos dirigidos a la sociedad en general, con el objeto de promover la participación de la ciudadanía, fomentar actitudes de solidaridad de la población madrileña hacia los países en desarrollo y potenciar el compromiso por un desarrollo humano más justo y solidario.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público, como mínimo tres años antes de la convocatoria, salvo que hayan resultado beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores.
Respecto al requisito de antigüedad o de percepción de subvenciones en convocatorias anteriores, se respetará la misma si las entidades sufren una modificación en su denominación o en su fórmula jurídica de asociación o fundación, siempre que se acredite este extremo en los estatutos de la nueva entidad jurídica.

b) Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo, debiendo estar inscritas
en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional, excepto cuando se trate de proyectos de Educación al Desarrollo y Sensibilización Social.

c) Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.

d) Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos, debiendo acreditar ambos extremos documentalmente.

e) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la memoria de la entidad, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.

f) Estar al día en las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legislación vigente.

g) Cada entidad se puede presentar individualmente o en consorcio con otras organizaciones, debiendo todas las entidades integrantes del consorcio cumplir los requisitos anteriormente señalados.

h) No estar incursas en algunas de las circunstancias establecidas en los puntos 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de
17 de Noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5600
Documento: Convocatoria Descargar Documento