Ayudas para la realización de proyectos contra el racismo y la intolerancia en la Comunidad de Madrid.
Código de ayuda:
S20273/04Norma:
Orden 2591/2004, de 30 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover proyectos que tengan como finalidad prevenir o anticipar la aparición de actitudes racistas o intolerantes en la Comunidad de Madrid a través de actuaciones que sensibilicen al conjunto de la población contra los fenómenos de discriminación basados en el sexo, el origen racial o étnico, la religión o las creencias y la discapacidad.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las instituciones sin fines de lucro que se hallen inscritas en el Registro de Asociaciones que le corresponda en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las acciones subvencionables serán las siguientes:a) Estudios y análisis referidos a zonas o localidades de la Comunidad de Madrid que proporcionen informaciones objetivas sobre fenómenos latentes o presentes de racismo e intolerancia, que puedan servir de base a posteriores actuaciones.
b) Acciones de difusión y sensibilización que promuevan la convivencia social a través del fomento de actitudes tolerantes y que prevengan la aparición de comportamientos racistas o xenófobos.
c) Encuentros, debates o jornadas entre personas especialistas en materia de racismo e intolerancia, expertos en interculturalidad, miembros de asociaciones, etcétera, que permitan el intercambio de experiencias y buenas prácticas en la materia.
d) Acciones de información y difusión (publicación, página web...) sobre los regímenes de protección de los derechos fundamentales y los recursos legales y sociales disponibles a favor inmigrantes y miembros de minorías étnicas u otros colectivos en riesgo de discriminación.
Podrán financiarse los costes reales derivados de la realización de las acciones descritas en la Memoria que acompaña a la solicitud y entre ellos los costes de:
a) Personal que participa en la realización de las actuaciones.
b) Realización de estudios y análisis.
c) Diseño y publicación.
d) Desplazamientos, dietas y manutención.
e) Material necesario para la ejecución y difusión.
f) Alquiler de locales (en caso de encuentros o seminarios).
g) Publicidad.
No serán objeto de subvención:
— Los gastos corrientes y ordinarios propios de la estructura permanente de la institución.
— Los gastos financieros, licencias y de impuestos.
El impuesto sobre el valor añadido soportado podrá computarse como gasto, siempre que pueda demostrarse que constituye un
costo para la institución, mediante el certificado correspondiente de la Agencia Tributaria.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
03/08/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 183
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 183
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
03/08/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 183
Documento: Solicitud y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 183
Documento: Solicitud y Anexos Descargar Documento