Ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.

Código de ayuda:

S18582/24

Norma:

DECRETO 79/2024, de 23 de julio. Resolución de 30 de abril de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de agosto de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para la financiación de inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas consistirán en una subvención a fondo perdido de hasta el 50 por ciento de la
inversión subvencionable, porcentaje que se determinará en función de lo señalado en el siguiente apartado.

2. El porcentaje mínimo de subvención a conceder a un proyecto subvencionable será del 40%, el cual puede ser incrementado conforme a lo siguiente:

a. Se añaden 5 puntos si la actividad principal de la empresa solicitante y a la cual va destinada la inversión proyectada corresponde a la sección C de la clasificación CNAE, correspondiente a la industria transformadora.

b. 5 puntos si el centro de trabajo en el que se va a realizar la inversión está ubicado en un Municipio o Entidad Local Menor con una población inferior a 5.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales de población publicadas en cada momento por el Instituto Nacional de Estadística.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas de cualquier forma jurídica, incluido personas trabajadoras autónomas, Comunidades de Bienes y Entidades sin Personalidad Jurídica, que no cuenten con personal asalariado a su cargo o bien que dispongan de una plantilla media que no sea superior a tres personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena, en todos los códigos de cotización que posea, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y que tenga centro productivo en Extremadura. Una misma persona o entidad solicitante podrá presentar solamente un proyecto por convocatoria.

Requisitos:

— Que vaya dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado.

— Sean equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos.

— Que se traten de inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos de la empresa.

— Que sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.

Documentos asociados

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