Ayudas para la realización de intervenciones en patrimonio mobiliario en la Comunidad Foral de Navarra durante 2026.
Código de ayuda:
S21846/26Norma:
ORDEN FORAL 124E/2026, de 24 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de septiembre de 2026Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro destinadas a promocionar la realización de intervenciones de conservación y restauración del patrimonio mobiliario en la Comunidad Foral de Navarra durante 2026.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención concedida para cada intervención será como máximo del 70% del presupuesto aceptado.El gasto autorizado para esta convocatoria es de 65.000 euros
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de subvención las entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal en Navarra que promuevan intervenciones en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Estudios previos que permitan la redacción de proyectos de restauración.b) Intervenciones de revisión y mantenimiento excepcionales.
c) Intervenciones de conservación y restauración de patrimonio mueble.
d) Intervenciones de reparación y conservación de las condiciones de seguridad y protección de patrimonio mueble.
Requisitos:
a) Cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y que no se encuentren cumpliendo sanciones administrativas firmes, una sentencia firme condenatoria o, en su caso, estén pendientes del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.b) Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Acreditar, mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en Derecho, la previa autorización de la persona física o jurídica titular del bien que se pretenda someter a intervención.
d) Acreditar haber obtenido el resto de las autorizaciones, licencias y permisos que la actividad requiera.
Documentos asociados
Boletín:
07/08/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
07/08/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 154
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 154
Documento: Convocatoria Descargar Documento
