Ayudas para la realizacion de intervenciones arqueologicas y paleontologicas en la Isla de Menorca.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S29664/14

Norma:

Maó, 9 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo económico a las intervenciones arqueológicas y paleontológicas (excavaciones, prospecciones y sondeos) en yacimientos del ámbito territorial de Menorca, tanto en los trabajos de campo como de laboratorio.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, que cuenten con un arqueólogo o una arqueóloga profesional con experiencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Son objeto de ayuda las intervenciones arqueológicas realizadas como una metodología para un proyecto de investigación y que se ajusten al Decreto 14/2011 que regula las intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Islas Baleares.

2. Se priorizarán las que comporten la organización de un campo de trabajo para la formación de jóvenes investigadores y las que incidan en yacimientos cuya investigación haya tenido apoyo económico del CIM en convocatorias anteriores. También se priorizarán todas las intervenciones que se lleven a cabo en yacimientos arqueológicos o paleontológicos que sean de titularidad pública.

Requisitos:

No haber sido sancionado con carácter firme por incumplimiento de las obligaciones o condiciones establecidas en el otorgamiento de intervenciones arqueológicas o paleontológicas anteriores, de acuerdo con lo establecido en el art. 109 de la Ley 12/1998, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 83
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento