Ayudas para la realización de estancias vacacionales para personas con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral infantil.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S33800/16

Norma:

ORDEN 17/2016, de 9 de agosto. RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 458

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a la financiación de actividades con alojamiento en régimen de pensión completa, con una duración máxima por turno de 10 días, nueve noches, en ubicación diferente a la de sus propios centros o recursos
habituales, realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La duración de la actividad será de un máximo de diez días (nueve noches). En caso de solicitar un periodo inferior, se aplicará el cálculo proporcional correspondiente.

La cuantía máxima que se subvencionará a cada entidad se corresponderá con lo siguiente:

1.1. Por cada usuario de la opción A, relacionada en el apartado 2 del artículo primero de la presente orden, trescientos tres euros (303 €/ plaza).

1.2. Para cada usuario de la opción B y C será de cuatrocientos cincuenta y ocho euros (458 €/plaza).

2. La cuota mínima de participación que recibirán las entidades solicitantes de los padres o representantes legales de los participantes en sus estancias vacacionales no podrá ser inferior a treinta euros (30 €) y la cuota máxima de participación que recibirán las entidades solicitantes
de los padres o representantes legales de los participantes en sus estancias vacacionales no podrá superar los trescientos euros (300 €).

3. La contribución económica del IVAS a la promoción del programa de estancias vacacionales que organizan las entidades, queda condicionada a la realización de la actividad para el número de plazas
previstas inicialmente. Para el caso de que finalmente fuera menor el número de participantes, la contribución del IVAS sería proporcional a este número.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro con sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, inscritas en el Registro de entidades titulares de actividades de acción social, en el sector correspondiente a
personas con discapacidad o diversidad funcional, y que realicen actividades a favor de las personas con cualquier tipo de diversidad funcional y/o la promoción de los derechos de las personas con discapacidad,
que, en concreto, organicen estancias vacacionales para personas con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral infantil.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 7851
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 29/08/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7860
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/08/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7860
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento