Ayudas para la realización de actuaciones de I+D+I, sobre Interacción sanitaria entre fauna silvestre y ganadería extensiva, del Programa Nacional de Recursos y Tecnologías Agroalimentarias del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2004-2007 y modificaciones.
Código de ayuda:
S21755/06Norma:
RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2006. RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2006.Plazo de Solicitud:
Modalidades 1 y 2: hasta el 25 de agosto de 2006. Modalidad 3: hasta el 30 de octubre de 2006.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Impulsar la movilización de grupos de investigación en acciones multidisciplinares para la realización de proyectos de investigación y desarrollo de carácter eminentemente finalista que contribuya al incremento de conocimientos sobre la interacción sanitaria entre la fauna silvestre y la ganadería extensiva y estimular la transferencia de resultados de investigación a los sectores productivos o de servicios cuyas prioridadestemáticas se relacionan en el anexo I.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Variable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro, y los centros tecnológicos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Modalidad 1. Proyectos de investigación.Modalidad 2. Proyectos de desarrollo tecnológico en cooperación.
Modalidad 3. Acciones complementarias: actuaciones de difusión de los resultados de las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico.
Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Convocatoria las entidades que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones y ayudas públicas.2. Las entidades beneficiarias cumplirán los requisitos y asumirán las obligaciones que para los beneficiarios de ayudas y subvenciones, establecen los artículos 11, 13 y 14 de la de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Los investigadores principales, tanto de proyectos como de subproyectos, y de acciones complementarias deberán tener formalizada su vinculación estatutaria o contractual con el Centro solicitante y encontrarse en situación de servicio activo o análogo. Deberán poseer el título de doctor o, en caso de no poseerlo, ser titulado superior y tener una experiencia demostrada en actividades de I+D durante al menos diez años o, alternativamente que hayan dirigido proyectos de investigación durante al menos cinco años, en cuyos casos sólo podrán ser investigadores principales de las modalidades 2 y 3.
Documentos asociados
Boletín:
11/07/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 164
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 164
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
28/07/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento