Ayudas para la realizacion de actuaciones contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S28764/07Norma:
RESOLUCION de 13 de marzo de 2007. Resolucion de 12 de marzo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/05/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a financiar actividades que promuevan laconvivencia y la integración a través del deporte y la sensibilización sobre los riesgos de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Serán subvencionables en esta convocatoria aquellos proyectos que se realicen a lo largo del año 2009, y que incluyan todas o algunas de los siguientes tipos de actividades:
a) Campañas que difundan la deportividad, el juego limpio, la integración a través del deporte y el respeto mutuo entre deportistas, participantes y espectadores de competiciones deportivas.
b) Jornadas, debates, coloquios y foros de opinión que promuevan y fomenten buenas prácticas y la sensibilización sobre la deportividad, el juego limpio, la integración a través del deporte y el respeto mutuo.
c) La realización de estudios, informes y trabajos de interés, sobre causas, efectos y alcance de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
d) Otro tipo de actividades de contenido social y educativo, dirigidas a la prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas y acceder a la condición de beneficiarios, organizaciones tales como fundaciones, instituciones, entidades benéficas o deportivas, tanto públicas como privadas, legalmente constituidas.Igualmente podrán solicitar estas ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades objeto de estas ayudas.
Los posibles beneficiarios deberán acreditar los siguientes requisitos:
a) Carecer su actividad de fines de lucro.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se acreditará mediante las certificaciones por los órganos correspondientes.
c) Disponer, o tener la posibilidad de disponer, de la estructura y capacidad de gestión suficientes para realizar la actividad que constituye el objeto de la ayuda.
d) No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en los apartados 2 y 3, del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se acreditará a través de los medios previstos en el apartado 7 del mismo artículo.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 72
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 72
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
04/04/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
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