Ayudas para la realizacion de actividades de formacion, informacion y divulgacion relacionadas con la seguridad nuclear y la proteccion radiologica.
Código de ayuda:
S12400/09Norma:
Resolucion de 11 de febrero de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas financieras para la realización de actividades de formación, información y divulgación, relacionadas con el ámbito de competencia del Organismo, estoes, en materias de seguridad nuclear y protección radiológica, como la realización de cursos, seminarios, congresos, jornadas de estudio, publicaciones, elaboración de material divulgativo y otras análogas.
Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo de Seguridad Nuclear ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima aprobada dentro de este programa específico, para cada proyecto o actuación, no superará los 12.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las instituciones, públicas o privadas, sin ánimo de lucro que lleven a cabo los programas o actuacionesrelacionados con las actividades mencionadas, siempre que no concurra en dichas entidades ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las ayudas previstas en la presente Resolución se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas.2. En el presupuesto de los proyectos presentados a costes marginales las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Costes de personal: Costes ocasionados por la participación directa en el proyecto, tanto de personal vinculado estatutaria o contractualmente de forma permanente con la Entidad solicitante, como del contratado temporalmente o en régimen de formación, que podrá incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duración previsto, en dedicación parcial o total.
b) Costes de ejecución: Costes de amortización de equipamiento de nueva adquisición, costes de utilización de instalaciones o equipos, en la medida en que tal equipamiento se destine a la actividad propuesta, otros costes tales como los de adquisición de pequeños equipamientos, material bibliográfico, material fungible, viajes y dietas, etc., así como aquellos otros que tengan relación directa con el proyecto y puedan ser justificados.
c) Costes de trabajos realizados por terceros, contratados por la entidad beneficiaria para realizar trabajos contenidos en el proyecto presentado.
Documentos asociados
Boletín:
24/02/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 47
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 47
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento