Ayudas para la realizacion de acciones de difusion y divulgacion cientifica y tecnologica en el marco de la Semana de la Ciencia.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S46300/10

Norma:

Resolución de 8 de julio de 2010. Resolución de 30 de julio de 2010. Resolución de 18 de octubre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/11/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas financieras, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para la realización de acciones de difusión y divulgación científica y tecnológica enmarcadas en la Semana de la Ciencia, que se celebrará en noviembre de 2011.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda a conceder para cada actividad no podrá superar el solicitado ni el 100% de los costes marginales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las Universidades, los Organismos Públicos de Investigación, y, en general, cualquier Centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas a través de sus centros, institutos, departamentos, secciones u otras unidades de investigación.

b) Los Centros de Innovación y Tecnología reconocidos y registrados como tales.

c) Las Unidades de Interfaz, entendiendo por tales aquellas entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que realicen tareas de intermediación entre los agentes del sistema ciencia-tecnología-empresa, con el fin de dinamizar y fomentar las relaciones entre ellos.

d) Cualquier otra entidad pública o privada sin ánimo de lucro, tales como Sociedades Científicas, Fundaciones, Colegios Profesionales y similares dotadas de personalidad jurídica propia con capacidad y actividad demostrada en actividades de I+D+i, difusión, divulgación o comunicación de la cultura científica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran como actividades financiables las siguientes:

— Actividades de divulgación y difusión de la cultura científica.

— Actividades de conocimiento de la realidad científica y técnica.

— Presentación, con carácter divulgador, de resultados de las actividades de investigación financiadas con cargo a Planes de Investigación, Desarrollo e Innovación de cualquier Administración Pública, nacional o transnacional.

— Actividades de desarrollo y promoción del diálogo ciencia-sociedad.

— Creación y edición de materiales relativos a la configuración de los sistemas ciencia-tecnología-sociedad.

— Apoyo al periodismo de divulgación científico-técnico.

— Cualquier otra actividad, que a juicio de la Comisión de Evaluación y Selección, contribuya al desarrollo de las actividades y logro de los objetivos de difusión del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de Asturias.

Se consideran subvencionables:

— Gastos de personal contratado, dedicado directamente a la acción. No serán subvencionables las retribuciones de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a las entidades solicitantes.

— Material fungible, exclusiva y permanentemente destinado a la acción. No serán objeto de financiación los gastos correspondientes a la adquisición de mobiliario o material de uso administrativo.

— Aparatos y equipos, en la medida y tiempo en que se utilicen para la acción y durante el tiempo que ésta dure.

— Otros gastos, directamente derivados de la ejecución de la acción financiada y debidamente justificados (material bibliográfico, viajes, dietas, etc.

Requisitos:

Que estén ubicadas o que tengan domicilio social o un establecimiento productivo en el Principado de Asturias, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, y no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 172
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/08/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 196
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/10/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 248
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento