Ayudas para la realizacion de Proyectos de Investigacion Basica y/o Aplicada y Proyectos en Cooperacion para el periodo 2013-2015.- Convocatoria 2012.- Corrección.

Código de ayuda:

S25264/12

Norma:

ORDEN de 12 de junio de 2012. ORDEN de 8 de agosto de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante RVCTI) pertenecientes a las categorías de agentes que se recogen en el artículo 2 del Decreto 221/2002, de 1 de octubre, por el que se actualizan las bases de regulación de la Red Vasca de Tecnología y que se especifican a continuación:

– Centros de Investigación Básica y de Excelencia.

– Centros, Departamentos, Secciones, Institutos u otras Unidades de Investigación de las Universidades, excepto de la UPV/EHU.

– Centros de Investigación Cooperativa.

– Centros Tecnológicos.

– Centros Sectoriales de Investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad 1:

Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada de grupos de investigación de una única entidad.

Modalidad 2:

Proyectos en Cooperación en los que se fomenta la participación de personas investigadoras de diferentes entidades en un mismo proyecto.

Requisitos:

1.– Cada entidad solicitante presentará en la solicitud un grupo de personas investigadoras perteneciente a su plantilla, que trabajarán en el proyecto para el que se solicita la ayuda.

2.– Se considerará que el personal investigador contratado por la Fundación Ikerbasque en la categoría de Research Professor que haya sido adscrito a una entidad, pertenece a la plantilla de dicha entidad, a efectos de la convocatoria.

3.– Las personas investigadoras podrán participar en una sola solicitud de esta convocatoria.

4.– No podrán participar en esta convocatoria las personas investigadoras que participen en proyectos financiados en convocatorias anteriores, los cuales, a fecha de la presentación de la solicitud, no hayan cerrado aún sus actuaciones por tener obligaciones pendientes, excepto la publicación de resultados.

5.– El grupo investigador estará formado por:

a) Personas investigadoras, que deberán poseer el título que acredite el doctorado. Serán como mínimo dos, incluyendo la persona investigadora principal que dirigirá el grupo y deberán pertenecer necesariamente a algunas de las entidades solicitantes.

b) Ayudantes de Investigación, que deberán estar en posesión del título de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura.

6.– La dedicación mínima al proyecto del conjunto de personas investigadoras de cada entidad solicitante, deberá ser de 1.400 horas anuales, siendo como mínimo la de la persona investigadora principal de cada grupo de 420 horas anuales.

Documentos asociados

Boletín: 04/07/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 21/08/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 162
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento