Ayudas para la realización de Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada, Humanidades y Ciencias Sociales y ayudas a grupos de Alto Rendimiento para el período 2005-2007.

Código de ayuda:

S25237/04

Norma:

Orden de 3 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/11/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ejecución de las siguientes modalidades de Proyectos de Investigación:
1.– Modalidad 1
Se pretende fomentar la ejecución de Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada.

2.– Modalidad 2
Se pretende fomentar la realización de Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada entre los grupos de investigadores de elevado rendimiento científico.

3.– Modalidad 3
Se pretende fomentar la realización de Proyectos de Investigación Básica en las áreas de Humanidades y Ciencias Sociales.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Ver Acciones Subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Organismos Públicos de Investigación ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que tengan personalidad jurídica propia, excepto la UPV/EHU.
b) Los Agentes Acreditativos de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación con personalidad jurídica propia, excepto la UPV/EHU.
c) Organismos Privados de Enseñanza Superior Universitaria y/o Investigación con personalidad jurídica propia y carentes de finalidad lucrativa ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Colaborador:
Figurará en la solicitud como importe a abonar para este fin, asignándose personal al equipo investigador una vez adjudicada la subvención, previa propuesta del Investigador Principal en el informe de actualización, y una vez aceptada por la Dirección de Política Científica.
Una vez resuelta la convocatoria regulada en la presente orden no será posible variar la opción efectuada (Becario o Colaborador). Las figuras de Becario y Colaborador son incompatibles entre si.
La cuantía a abonar en este concepto por una jornada completa, es decir, por 35 horas semanales, será de 9.024 euros por anualidad. En el supuesto de que la dedicación al proyecto fuese inferior, el importe a abonar sería proporcional al tiempo de dedicación al mismo.

b) Material Inventariable:
El importe a abonar por este concepto no superará los 18.031 euros anuales, siendo en todo caso, el coste de cada aparato inferior a 6.011 euros anuales. El material inventariable adquirido con cargo al proyecto figurará en el inventario del organismo, se excluye explícitamente el mobiliario y las instalaciones.

c) Material Fungible:
Siempre que sea debidamente justificado y necesario en las actividades del proyecto no habrá limitaciones en esta partida.

d) Viajes:
Realizados con motivo del desarrollo de las actividades del proyecto o para la divulgación de sus resultados. Esta partida contempla los viajes realizados por asistencia a congresos, cursos y seminarios con el fin de exponer los resultados obtenidos en el proyecto.

e) Otros Gastos:
Por un valor máximo del 5% del coste anual del proyecto financiado, se referirán siempre a gastos por conceptos no contemplados en las partidas anteriores.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 12/11/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 217
Documento: Convocatoria Descargar Documento