Ayudas para la realización de Programas de Educación de Personas Adultas en Extremadura.
Código de ayuda:
S12982/04Norma:
Orden de 29 de abril de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/06/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Impartir cursos de Educación para Personas Adultas, con especial atención a las zonas rurales y a los colectivos históricamente más desfavorecidos.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El presupuesto mínimo total para cada actuación será de 6.010 euros, de las que la entidad beneficiaria aportará una cantidad de acuerdo con el siguiente baremo:a) Mancomunidades de municipios y localidades con más de 5.000 habitantes: 1.887 euros.
b) Localidades comprendidas entre 5.000 y 2.500 habitantes: 1.512 euros.
c) Localidades de menos de 2.500 habitantes: 887,5 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las instituciones públicas y entidades sin ánimo de lucro con implantación en Extremadura, cuyo fin general sea la educación de las personas adultas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Personal docente.En este concepto se incluirán únicamente como gastos:
– Sueldo u honorarios del profesor contratado.
– Gastos de la seguridad social imputable a la institución o entidad contratante.
El total de este concepto no podrá ser inferior a la cantidad de 5.410 euros.
b) Gastos de material, equipos y otros gastos.
A este concepto se aplicará únicamente:
– Material didáctico fungible.
– Alquiler y transporte de equipos de apoyo a la docencia.
– Gastos de viajes y obligaciones derivadas de la actividad del docente.
– En el caso de Mancomunidades de Municipios, el desplazamiento del/los monitor/es entre las distintas localidades donde se
desarrolle el programa.
El total de este concepto no podrá ser inferior a la cantidad de 600 euros.
Las acciones formativas irán dirigidas a los siguientes colectivos, relacionados por orden de prioridad:
a) Población analfabeta absoluta, especialmente la que se encuentra en edad activa.
b) Grupos sociales con Características y/o necesidades específicas:
– Personas adultas sin formación básica y en situación de paro laboral.
– Minorías étnicas e inmigrantes.
– Personas con discapacidad.
– Mujeres en edad activa, en procesos de formación para la inserción o reinserción laboral.
– Otros colectivos no contemplados en los apartados anteriores.
Los programas deberán contemplar 500 horas de formación, de las cuales 450 estarán dedicadas a la docencia directa con el
alumnado y tutorías de las enseñanzas a distancia, siendo las 50 restantes distribuidas en tareas de coordinación, programación,
preparación de clases y formación del docente.
El tiempo de docencia directa deberá programarse teniendo en cuenta que aproximadamente un 75% del mismo se destinarán a la formación básica, y el 25% restante a actividades encaminadas a dotar al alumno de técnicas y recursos básicos para la búsqueda de empleo.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
06/05/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 51
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 51
Documento: Convocatoria Descargar Documento