Ayudas para la realización de Acciones Complementarias, con la finalidad de facilitar la colaboración de investigadores españoles con investigadores de Portugal en el ámbito de la Física Nuclear, de Partículas y Astropartículas.

Código de ayuda:

S33782/06

Norma:

ORDEN ECI/1155/2005, de 11 de abril. RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conforme a la orden ECI/1155/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de Acciones Complementarias y Acciones de desarrollo y fortalecimiento de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) que complementen las actividades de Proyectos de Investigación en el marco de algunos Programas Nacionales del Plan
Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007, el objeto de la presente resolución de convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras para la realización de Acciones Complementarias de investigación a los proyectos del Plan Nacional, con la finalidad de facilitar la colaboración de investigadores españoles con investigadores de Portugal, en el marco del acuerdo de
cooperación existente entre el Ministerio de Educación y Ciencia del Reino de España y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Enseñanza Superior de la República Portuguesa.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia y Tecnología ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Con carácter general, podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos y las entidades sin animo de lucro vinculadas a la ciencia, la tecnología y la innovación a los que pertenezca
el investigador principal de la acción incentivada.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones objeto de estas ayudas son aquellas cuyo objetivo es realizar acciones que complementen
la investigación y desarrollo que ya se realiza en los proyectos de investigación. Entre otras podrán ser acciones complementarias, incluyendo actuaciones de mejora del equipamiento científico, la preparación de propuestas o acciones que complementen los proyectos aprobados dentro del programa marco de la Unión Europea, de la Fundación Europea de la Ciencia (ESF) y proyectos de investigación en el marco de otros programas internacionales. También se recoge financiación complementaria para viajes y estancias relacionados con la realización de proyectos conjuntos con el IN2P3 y el INFN. Igualmente se incluyen actuaciones para el desarrollo, fortalecimiento y mejora de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) como sistema de nexo y transferencia de conocimientos científicos y tecnológicos entre los generadores de dichos conocimientos y el tejido empresarial o social y que genere productos y servicios basados en éstos.
Las acciones complementarias y acciones de colaboración internacional, así como las ayudas a fortalecimiento y desarrollo de las OTRI deberán enmarcarse necesariamente en las líneas temáticas de los Programas Nacionales y Acciones estratégicas, que se recogen en el apartado cuarto de la presente Orden.

Requisitos:

Las acciones complementarias tendrán un periodo máximo de ejecución de un año.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/09/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento