Ayudas para la puesta en marcha de casas nido, parcialmente cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S41519/18

Norma:

ORDEN de 17 de julio de 2018. ORDEN de 11 de noviembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas para la puesta en marcha de experiencias piloto destinadas a la atención de niñas y niños de hasta tres años de edad, mediante el establecimiento de una casa nido, en los núcleos rurales del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que no exista ningún otro recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas para gastos de inversión consistirán en una subvención de hasta el 100 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por casa nido de 15.000 euros.

2. La ayuda por el desarrollo del proyecto piloto consistirá en una aportación económica de 19.600 €/año en forma de prima destinada a apoyar esta iniciativa emprendedora en el inicio de su andadura. Este importe se minorará proporcionalmente en el año 2018 en función de los meses efectivos de desarrollo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para poner en marcha una casa nido las personas físicas que se establezcan como empresarias/os autónomas/os y las cooperativas de trabajo asociado que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La reforma y adaptación del inmueble destinado a servir de casa nido así como su equipamiento y dotación material en los términos previstos en el artículo 4. El mobiliario, electrodomésticos y los materiales didácticos y de juego podrán ser de segunda mano, siempre que estén en perfecto estado de uso y conste una declaración de quien los vende sobre el origen de los bienes y sobre que estos no fueron objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria, y que el precio no sea superior al valor de mercado y al coste de los bienes nuevos similares, acreditándose estos requisitos del precio mediante certificación de tasación independiente.

b) La prestación de la atención personalizada de niños y niñas de 0-3 años en las condiciones previstas en el artículo 2.

c) La publicidad e información derivadas de las obligaciones recogidas en el artículo 26.

Requisitos:

a) Estar en posesión, o contar al menos con una persona socia que lo esté en el caso de cooperativas de trabajo asociado, de cualquiera de las titulaciones que se recogen a continuación, o equivalentes, o de la formación o experiencia siguiente:

1º. Técnico/a superior en educación infantil.

2º. Grado en maestro/a de educación infantil/educación primaria.

3º. Grado en pedagogía, psicología o educación social.

4º. Diploma que acredite haber realizado el curso de formación integral o el curso de formación complementaria para futuros/as profesionales de las casas nido impartidos por la Xunta de Galicia.

5º. Formación acreditada en áreas relacionadas con la atención a la infancia y cuidados infantiles, o experiencia profesional acreditada en este ámbito.

b) Residir en un núcleo rural en el que no exista ningún recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad, o hacerlo con anterioridad a la puesta en marcha de la experiencia piloto.

c) Contar con un inmueble en un núcleo rural en el que no exista ningún recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad, o disponer de él con anterioridad a la puesta en marcha de la experiencia piloto.

d) Acreditar una revisión médica anual. En el caso de cooperativas de trabajo asociado esta revisión médica deberá estar referida a la/las persona/s socia/s que desarrollen el proyecto piloto.

e) Establecerse como empresaria/o autónoma/o o constituir una cooperativa de trabajo asociado.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 146
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/08/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 146
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/02/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento
Boletín: 20/11/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 221
Documento: Modificación Bases Descargar Documento