Ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2026, 2027 y 2028, y se procede a su convocatoria.

Código de ayuda:

S22073/26

Norma:

Orden de 31 de julio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de septiembre de 2026

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas para la puesta en marcha de proyectos durante los años 2026, 2027 y 2028 destinados a la atención de niñas y niños de hasta tres años de edad, mediante el establecimiento de una casa nido, en los núcleos rurales del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que no exista ningún otro recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas para gastos de inversión consistirán en una subvención de hasta el 100 % de los gastos realizados, con un límite máximo global por casa nido de 15.000,00 €.

2. La ayuda por el desarrollo de la actividad del proyecto consistirá en una aportación económica de 24.800,00 €/año en forma de prima destinada a apoyar esta iniciativa emprendedora en el inicio de su andadura. Este importe se minorará proporcionalmente en función de los meses efectivos de desarrollo.

3. En los casos de baja por maternidad o permiso de paternidad de la persona titular del recurso se abonará un complemento de la prima de 150,00 € semanales durante el período que dure dicha baja.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para poner en marcha una casa nido las personas físicas que se establezcan como empresarias autónomas y las cooperativas de trabajo asociado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La reforma y adaptación del inmueble destinado a servir de casa nido, así como su equipamiento y dotación material que se requiere en el artículo 4.

b) La prestación de la atención personalizada de niños y niñas de 0-3 años en las condiciones previstas en el artículo 2.

Requisitos:

a) Estar en posesión, o contar al menos con una persona socia que lo esté en el caso de cooperativas de trabajo asociado, de cualquiera de las titulaciones o formación que se recogen a continuación, o equivalentes, o de la formación o experiencia siguientes:
1º. Técnico/a superior en Educación Infantil.
2º. Grado en maestro/a de Educación Infantil/Educación Primaria.
3º. Grado en Pedagogía, Psicología o Educación Social.
4º. Diploma que acredite haber realizado el curso de formación integral o el curso de formación complementaria para futuros/as profesionales de las casas nido impartidos por la Xunta de Galicia.
5º. Formación acreditada en áreas relacionadas con la atención a la infancia y cuidados infantiles o experiencia profesional acreditada en este ámbito.

b) Residir en un núcleo rural del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en el que no exista ningún recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad, o hacerlo con anterioridad a la puesta en marcha del proyecto.

c) Contar con un inmueble en un núcleo rural del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en el que no exista ningún recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad, o disponer de él con anterioridad a la puesta en marcha del proyecto. Dicho inmueble estará dotado con los siguientes recursos, para los cuales podrá pedir esta
ayuda:
1º. Sistema de calefacción que cubra todas las estancias dedicadas al desarrollo de la iniciativa y cuente con la protección de los elementos calefactores precisa para evitar las quemaduras por contacto, los atrapamientos u otros riesgos para la integridad de las y de los menores.
2º. Una sala con iluminación y ventilación naturales directas y un mínimo de 20 metros cuadrados, distribuida y organizada con criterios de flexibilidad para dar respuesta a las
distintas necesidades de las niñas y niños de 0-3 años.
3º. Dos zonas, una para el descanso y otra para la higiene infantil. La zona de descanso y, en su caso, el cambiador podrán estar integrados en la sala principal.
4º. Una zona para la preparación, almacenamiento y conservación de alimentos dotada, al menos, de una encimera, frigorífico, fregadero y microondas.
5º. Elementos de protección como enchufes de seguridad infantil siempre que se sitúen por debajo de 1,5 metros, protectores de dedos en las dos caras de las puertas, seguros de ventanas, barrera de seguridad con puerta en zonas con diferentes alturas o escaleras y extintor/es para la protección contra incendios.
6º. Un mobiliario y equipamiento básico para la atención de las niñas y niños, que incluirá, como mínimo, un cambiador de pañales, cunas, sábanas, mantas, colchones, contenedor de pañales, orinales, tronas, hamacas, adaptadores de inodoro y materiales didácticos y de juego adecuados para las edades de los niños y niñas y con marcado de conformidad europea (CE).
En todo caso, el mobiliario deberá tener bordes romos o protectores que los cubran para que carezca de aristas. Asimismo, en la sala y en la zona de descanso, en el supuesto de estar en una estancia separada, los materiales de los suelos y de las paredes hasta una altura de 1,5 metros deberán ser cálidos, lisos, no porosos, fácilmente lavables y aptos para su desinfección. En la sala deberá crearse una superficie continua y no resbaladiza, adecuada para gatear.
Las estancias y zonas anteriormente citadas deben estar situadas en una única planta.
En el caso de tratarse de un inmueble no destinado a vivienda, este deberá estar además en la planta baja.

d) Disponer de un plan de actuación con los/las niños/as para atender eventuales emergencias que se puedan producir en la casa nido.

e) Acreditar el estado de salud con una revisión médica anual. En el caso de cooperativas de trabajo asociado esta acreditación deberá estar referida a la/s persona/s socia/s que desarrollen el proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 151
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 12/08/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 151
Documento: EXTRACTO BASES Y CONVOCATORIA Descargar Documento