Ayudas para la protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de secano y para las ayudas para el cultivo de plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad, ambas previstas en la medida 10 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03755/17

Norma:

Orden 2/2017, de 25 de enero. Resolución de 31/01/2017. Orden 62/2017, de 28 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Solicitud inicial, presentar a lo largo del año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas concedidas a través de esta medida fomentarán que los agricultores y otros responsables de la gestión de tierras sirvan a la sociedad en su conjunto introduciendo o manteniendo la aplicación de métodos de producción agrícola compatibles con la protección y la mejora del ambiente, el paisaje y sus características, los recursos naturales, el suelo y la biodiversidad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda anual correspondiente a la operación de Protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de secano es de 64 €/ha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios del régimen de estas ayudas los titulares de explotaciones ubicadas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, tanto personas físicas como jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

10.1.6. Protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de secano.

10.1.7. Cultivo de plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad.

Requisitos:

a) Disponer de parcelas destinadas a cultivos herbáceos de secano con pendientes superiores o iguales al 5% y menores del 15%.

b) Disponer de una superficie mínima de 2 hectáreas de parcelas destinadas a cultivos herbáceos de secano.

c) El titular de la superficie acogida a la operación de protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de secano debe ser el mismo que el de las ayudas por dicha superficie, tanto del régimen de pagos directos como de todos los otros regímenes de ayuda establecidos en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Documentos asociados

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