Ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios en el marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006, para el año 2006. Y modificaciones.
Código de ayuda:
S05491/06Norma:
ORDEN AYG/183/2006. ORDEN AYG/227/2006. ORDEN AYG/1107/2006. ORDEN AYG/1434/2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/07/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La adquisición de máquinas y equipos agrícolas que supongan una innovación tecnológica y contribuyan a mejorar los actuales sistemas de producción, al ahorro energético, a la conservación del medio ambiente, a la implantación de cultivos alternativos o a mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores y ganaderos.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda consistirá en una subvención que no podrá superar la cuantía de 50.000 euros por beneficiario en el caso de los apartados 1,3 y 4 del artículo tercero y 18.000 euros en el caso del apartado 2 del mismoartículo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1.– Las Sociedades Cooperativas Agrarias y sus Agrupaciones o Uniones, las Sociedades Agrarias de Transformación (S.A.T) y las Asociaciones de Producción Integrada en Agricultura (APRIAS).2.– Las Juntas Agropecuarias Locales.
3.– Las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en Agricultura (exclusivamente para maquinaria y equipos propios de su actividad sanitaria específica) y otras Agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia integradas por un mínimo de ocho titulares.
4.– Las Empresas de servicios, legalmente constituidas, dedicadas a la realización de trabajos en las explotaciones agrarias.
Estas Empresas deberán comprometerse, al menos durante los cinco primeros años, a dedicar como mínimo un 75 por 100 de sus horas anuales de funcionamiento, en explotaciones ajenas a los titulares de la Sociedad.
Documentos asociados
Boletín:
16/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 33
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
06/07/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 130
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
19/09/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 181
Documento: Modificación Descargar Documento
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