Ayudas para la promoción de la implantación de sistemas de gestión, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas del sector de la edificación residencial y hábitat urbano de la Comunidad Autónoma del País Vasco, programa Eraikal 2016.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S35391/16

Norma:

ORDEN de 1 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la regulación de las ayudas económicas a conceder por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a la promoción de la implantación y mejora de los sistemas de gestión de la calidad, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas y profesionales del sector de la edificación residencial y hábitat urbano radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, programa Eraikal 2016.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Línea I «Proyectos o estudios de innovación».

– Las actuaciones se ordenarán de forma descendente en relación a los puntos obtenidos.

– La puntuación mínima para ser considerado una actuación subvencionable es de 50 puntos.

– Una vez ordenados se subvencionarán tras aplicar la fórmula:

Puntuación obtenida/100 y multiplicada por el menor de los dos importes siguientes:

a) Presupuesto presentado y aceptado (excluidos impuestos).

b) Importe máximo de subvención por proyecto o estudio en esta línea.

– Importe máximo de subvención por proyecto o estudio será de 40.000,00 euros.

2.– Línea II «Desarrollo de herramientas informáticas, desarrollo de campañas de difusión, cursos y jornadas».

– Las actuaciones se ordenarán de forma descendente en relación a los puntos obtenidos.

– La puntuación mínima para ser considerada una actuación subvencionable es de 50 puntos.

– Una vez ordenados se subvencionarán tras aplicar la fórmula:

Puntuación obtenida/100 y multiplicada por el menor de los dos importes siguientes:

a) Presupuesto presentado y aceptado (excluidos impuestos).

b) Importe máximo de subvención por proyecto o estudio en esta línea.

– Importe máximo de subvención por actuación será de 30.000,00 euros.

3.– Línea III. "Implantación y certificación de sistemas de gestión basados en las Normas Internacionales de Normalización ISO 9001, ISO 14001, ISO 14006, Norma Española UNE 166002 y la norma de Evaluación en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional OHSAS 18001, así como su integración. ISO/IEC 17025, ISO/IEC 17020, en centros radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

– Las actuaciones relacionadas con la línea III se ordenaran siguiendo el siguiente orden de
prelación:

– Certificación de tres sistemas.

– Certificación de dos sistemas.

– Certificación de un sistema.

– La certificación de sistemas para la mejora de la calidad y medio ambientales podrán ser

financiados por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales mediante la concesión de una subvención a fondo perdido por una cuantía del 50% de los gastos externos (excluidos impuestos), excepto en la certificación sobre prevención de riesgos laborales según la norma de Evaluación en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional OHSAS, que será del 25% de los gastos externos (excluidos impuestos) correspondientes a los proyectos aprobados por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales con unas cuantías máximas por certificación de:

– Certificación de un sistema: 5.000,00 euros, excepto para la certificación de la norma de Evaluación
en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional OHSAS 18001, que será de 2.500,00 euros.

– Certificación de dos sistemas: 8.000,00 euros, excepto si uno de los certificados es de la norma de Evaluación en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional OHSAS 18001, que será 5.500,00 euros.

– Certificación de tres sistemas: 11.000,00 euros, excepto si uno de los certificados es de la norma de Evaluación en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional OHSAS 18001, que será 8.500,00 euros.

4.– Línea IV «Hábitat urbano»

– Las actuaciones se ordenarán de forma descendente en relación a los puntos obtenidos.

– La puntuación mínima para ser considerado una actuación subvencionable es de 50 puntos.

– Una vez ordenados se subvencionarán tras aplicar la fórmula:

Puntuación obtenida/100 y multiplicada por el menor de los dos importes siguientes:

a) Presupuesto presentado y aceptado (excluidos impuestos).

b) Importe máximo de subvención por proyecto o estudio en esta línea.

– El importe máximo de subvención por proyecto o estudio será de 60.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta Orden en relación a la línea I del artículo 2.1 los agentes radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se encuentran recogidos en el artículo 1. Apartado 1.2.1.

2.– Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta Orden en relación a la línea II del artículo 2.1 los agentes radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se encuentran recogidos en el artículo 1. Apartado 1.2.1.– c).

3.– Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta Orden en relación a la línea III del artículo 2.1 los agentes radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se encuentran recogidos en el artículo 1. Apartado 1.2.1.

4.– Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta Orden en relación a la línea IV del
artículo 2.1 los agentes radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se encuentran recogidos en el artículo 1. Apartado 1.2.2.

5.– No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas a estos efectos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

6.– No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades incursas en prohibición legal que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

7.– La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas reguladas en la presente Orden quedarán condicionados a la terminación de los procedimientos de reintegro o sancionador que habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos se halle en tramitación en el momento de su solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán consideradas actuaciones subvencionables las siguientes líneas:

1.1.– Línea I Proyectos o estudios de innovación que se refieran a los siguientes puntos:

a) Estado de conservación de los edificios, ITEs (Inspección Técnica del Edificio), patología, rehabilitación, uso y mantenimiento y vida útil del edificio.

b) Calidad de la edificación: aplicación del CTE (Código Técnico de Edificación), control de proyecto,
de ejecución de obra y pruebas de servicio. Industrialización.

c) Estudios sobre la eficiencia energética de los edificios.

d) Estudios sobre la mejora calidad de la gestión e implantación de la calidad.

e) Evaluación de las prestaciones de sostenibilidad, funcionales, flexibilidad y espaciales de los edificios.

f) Estudios sobre la seguridad y salud laboral en las obras.

g) Estudios sobre instalaciones de los edificios.

1.2.– Línea II Desarrollo de herramientas informáticas, desarrollo de campañas de divulgación, jornadas y cursos, sin hacer publicidad de sistemas particulares o de marca que se realicen en relación a los siguientes puntos:

a) Estado de conservación de los edificios, ITEs (Inspección Técnica del Edificio), patología,
rehabilitación, uso y mantenimiento y vida útil del edificio.

b) Calidad de la edificación: aplicación del CTE (Código Técnico de Edificación), control de proyecto,
de ejecución de obra y pruebas de servicio. Industrialización.

c) Estudios sobre la eficiencia energética de los edificios.

d) Estudios sobre la mejora calidad de la gestión e implantación de la calidad.

e) Evaluación de las prestaciones de sostenibilidad, funcionales, flexibilidad y espaciales de los
edificios.

f) Estudios sobre la seguridad y salud laboral en las obras.

g) Estudios sobre instalaciones de los edificios.

1.3.– Línea III.

a) Implantación y certificación de sistemas de gestión basados en las Normas Internacionales de Normalización ISO 9001, ISO 14001 ISO 14006, Norma Española UNE 166002 y la norma de Evaluación en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional OHSAS 18001, así como su integración.

b) Implantación y acreditación de sistemas de gestión basados en las Normas Internacionales de Normalización ISO/IEC 17025 «Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo», ISO/IEC 17020 «Criterios generales para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realizan inspección».

1.4.– Línea IV. Hábitat Urbano

Diseño de proyectos innovadores a partir de la determinación y selección de oportunidades de innovación en el ámbito de la construcción sostenible dentro del sector de la edificación residencial y hábitat urbano, en relación con alguna de las siguientes líneas estratégicas de especial interés identificadas en el nicho de oportunidad Hábitat Urbano: Construcción Sostenible en el marco de del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020:

a) Construcción industrializada y modelización virtual.

Incorporación de tecnologías, metodologías, sistemas y procesos constructivos innovadores para mejorar la competitividad relacionados con esta línea.

b) Rehabilitación integral y Regeneración Urbana.

Rehabilitación y regeneración urbana integrada, ligada a una gestión sostenible del territorio y
mantenimiento del parque residencial satisfaciendo las necesidades de la ciudadanía vasca.

c) Ciudades, barrios y edificios inteligentes. Edificios de energía nula.

Desarrollo de ciudades inteligentes y energéticamente eficientes mediante redes e infraestructura
inteligente y edificios de energía cero.

d) Nuevos Materiales para construcción sostenible.

Desarrollo y aplicación de nuevos materiales para construcción sostenible: aislantes, renovables,
biomateriales y nanomateriales.

e) Edificios y ciudades accesibles. Movilidad vertical / horizontal.

Modificación del entorno urbano para que pueda ser utilizado en igualdad de condiciones por toda la ciudadanía, buscando la accesibilidad universal.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento