Ayudas para la promocion de empresas artesanas de Navarra.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S11673/14

Norma:

ORDEN FORAL 32E/2014, de 17 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Consultar según fecha de realización de las actuaciones.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de ayudas a las empresas artesanas de Navarra al objeto de contribuir a la promoción comercial de sus productos en el mercado y a la formación de las empresas del sector, todo ello, con el objetivo de incrementar su competitividad y de mejorar su estructura y su gestión.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Participación en ferias: Subvención de un 50%, con un máximo de 1.500 euros por cada feria y un máximo de 5.800 euros por empresa solicitante y periodo subvencionable.

b) Edición de material promocional: Subvención de un 50%, con un máximo de 2.000 euros por empresa solicitante y periodo subvencionable.

c) Asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional y formación empresarial básica para artesanos: Subvención de un 50%, con un máximo de 2.000 euros por empresa solicitante y periodo subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Participación en ferias.

–Gastos de inscripción, alquiler de espacio y montaje del stand.

–Transporte del material con vehículo propio: se indemnizará con una compensación de 0,30 euros/kilómetro, por el viaje de ida y de vuelta del material, admitiéndose también los gastos de peaje.

–Transporte del material con otros medios: se admite el gasto del transporte empleado o del vehículo alquilado, admitiéndose en este último caso además, los gastos de combustible y peaje.

–En el caso de ferias que tengan lugar en el extranjero, se subvencionarán además los conceptos de gastos de viaje y alojamiento de una persona por empresa artesana. No es subvencionable el concepto de manutención.

b) Edición de material promocional.

–Edición de catálogos, folletos o material análogo.

–Inserción de anuncios en medios de publicidad y de comunicación e información.

–Implantación de páginas web por primera vez: gastos iniciales de diseño, creación y contratación de dominio.

–Requisitos de las actuaciones subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos correspondientes al diseño, composición y/o maquetación y producción del material promocional, quedando excluido todo tipo de material publicitario o de propaganda no referido al producto o al taller artesano.
Las páginas web deberán disponer de navegación por menús y contener como mínimo páginas de presentación de la empresa artesana, detalle de la actividad artesanal realizada, localización del taller, contacto e información de los productos elaborados. No son subvencionables las actualizaciones de páginas web existentes ni los gastos de mantenimiento o análogos de páginas web.

c) Asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional y formación empresarial básica para artesanos. Se consideran gastos subvencionables:

–La asistencia a cursos de formación y capacitación técnica que tengan como objetivo el perfeccionamiento profesional en las diferentes actividades contempladas en el repertorio de Oficios Artesanos y que deberán ser organizadas o patrocinadas por centros oficiales reconocidos, que contribuyan a la mejora y modernización de la gerencia empresarial.

–La asistencia a cursos de formación empresarial básica, con el fin de mejorar las condiciones de gestión de los talleres artesanos.

–Son acogibles exclusivamente los gastos académicos, gastos de matrícula y material didáctico para la realización del curso y, en ningún caso, son acogibles los gastos de viajes, alojamiento o manutención.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra a fecha de 1 de enero de 2013.

b) Tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana de Navarra en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Si en el momento de presentar la solicitud de la ayuda, el carnet que acredita la condición de empresa artesana estuviera caducado, se deberá acreditar que se ha presentado la solicitud de renovación de la condición de empresa artesana con anterioridad a finalizar el plazo de validez de dicha condición. En todo caso, la solicitud de renovación de la condición de empresa artesana deberá cumplir los requisitos exigidos.

Si una vez presentada la solicitud de la ayuda, sobreviene la caducidad del citado carnet, se deberá presentar la solicitud de renovación de la condición de empresa artesana de Navarra, que deberá cumplir los requisitos exigidos, con anterioridad a la concesión de la subvención.

c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acredita mediante una “declaración responsable” incluida en el formulario de solicitud.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y, en su caso, frente a la Seguridad Social, en el formulario de solicitud se informa al interesado de la autorización que otorga al Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

Documentos asociados

Boletín: 28/03/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento