Ayudas para la programación de acciones formativas realizadas por las entidades colaboradoras de la Consellería del Medio Rural para llevar a cabo actividades de formación continua en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

Código de ayuda:

S10219/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de marzo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirán, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, las ayudas para la programación de acciones formativas realizadas por las entidades colaboradoras de la Consellería del Medio Rural para llevar a cabo actividades de formación continua profesional orientadas a personas con relación profesional o con expectativa de incorporación en los sectores productivos de la agricultura, la ganadería, la industria agroalimentaria y la cadena forestal-maderera en la Comunidad Autónoma de Galicia, y convocarlas para el año 2019.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Máximos subvencionables:

a) Máximo 1.500 € por organización de cursos de 20 horas de duración; en el caso de cursos de mayor o menor duración se realizará el cálculo proporcional.

b) Por cada participante complementario admitido: máximo de 100 €.

c) El máximo de la prima por curso de formación será de 2.500 € para cursos de 20 horas; en el caso de cursos de mayor o menor duración se realizará el cálculo proporcional.

2. No se financiará ningún curso que finalice con menos de 10 alumnos, ni serán financiables cursos con más de 30 alumnos.

3. En el caso de ser autorizada una visita dentro del programa del curso, se financiará el 100 % de los gastos de desplazamiento en un medio de transporte colectivo, debidamente justificada la oportunidad y necesidad del uso de ese transporte concreto.

4. El límite máximo anual de la ayuda será de 17.500 € por entidad de formación, incluidas las visitas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades colaboradoras privadas, inscritas en el Registro Administrativo de Entidades Colaboradoras de la Consellería del Medio Rural, que deberán cumplir con lo establecido en la Orden de 17 de marzo de 2009 por la que se dictan normas relativas a la inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Consellería del Medio Rural para llevar a cabo actividades de formación continua y transferencia de tecnología en materia agraria y sobre el procedimiento de homologación de los cursos realizados por estas entidades y la expedición de certificados y diplomas oficiales por parte de la Administración pública, así como en el Registro de Entidades de Formación en Materia de Bienestar Animal, reguladas por el Decreto 60/2007, de 22 de marzo, y demás normas que se hayan desarrollado al amparo de su normativa.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/02/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 37
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento