Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S14564/16

Norma:

Resolución de 18 de abril de 2016. Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre. Resolución de 2 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de mayo de 2017. Consultar artículo quinto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2017, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados. El procedimiento de las ayudas a cortometrajes realizados se tramitará en dos fases.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.000.000 de euros, y será distribuida en 700.000 € para ayudas cortometrajes sobre proyecto y 300.000 € para ayudas a cortometrajes realizados. En las ayudas a la producción de cortometrajes realizados, para la primera fase se reservarán 150.000 euros y para la segunda 150.000 euros.

La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes sobre proyecto será de 30.500 euros por película beneficiaria, y en ningún caso podrá superar la inversión del productor, ni el 75 por 100 del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, tal y como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes realizados no podrá superar el 75 por 100 del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, tal y como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

Dichas ayudas son compatibles entre sí, sin que la suma de ambas pueda superar el coste de la película y con el límite máximo de 70.000,00 euros por película beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas productoras independientes.

Documentos asociados

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