Ayudas para la prestación del servicio de Ayuda a Domicilio Básica.
Código de ayuda:
S26155/04Norma:
Orden de 09-11-2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El coste del servicio de ayuda a domicilio básica sera de 9 euros/hora, quedando incluidos todos los gastos inherentes a la prestación del servicio.Los Ayuntamientos de menos de 2000 habitantes, que tengan implantado el Servicio Público de Ayuda a domicilio básica, mediante convenio con la Consejería de Bienestar Social y presten el servicio en núcleos de población separados como pedanías, anejos u otros análogos podrán, previa solicitud, suscribir Anexo de ampliación del Convenio citado para la financiación del 67% del coste de los desplazamientos del personal prestador de los Servicios.
El coste de la ayuda se determinará en razón de 0,16 euros/km.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las ayudas se materializarán mediante convenios de colaboración con las Corporaciones Locales.La Entidad con la que la Consejería suscriba convenio tendrá la condición de Entidad Gestora del Servicio Público de Ayuda a Domicilio.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La prestación de Servicios de atención domiciliaria en Castilla-La Mancha, en las modalidades siguientes:- Ayuda básica a personas y unidades de convivencia con dificultades de autonomía personal que requieran apoyo para facilitar la permanencia en su hogar habitual.
- Ayuda básica a familias con parto múltiple.
- Ayuda a Ayuntamientos con población inferior a 2.000 habitantes.
Los servicios a prestar no podrán exceder de 52 horas por beneficiario y mes, salvo circunstancias excepcionales debidamente acreditadas.
La prestación básica a familias con parto múltiple no podrá exceder de dos horas por unidad familiar y día, de lunes a viernes y tendrá una duración máxima de 18 meses contados desde el nacimiento.
Documentos asociados
Boletín:
17/11/2004
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 216
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 216
Documento: Convocatoria Descargar Documento