Ayudas para la participación en el Concurso de Comparsas y Carrozas de los Carnavales Donostiarras 2005.

Código de ayuda:

S23791/04

Norma:

Convocatoria de 1 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/11/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del acceso y concesión de las ayudas económicas para la participación en el Concurso de Comparsas y Carrozas de los Carnavales Donostiarras 2005.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ayuntamiento de San Sebastián (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El reparto de subvenciones se realizará en base al siguiente baremo:

a) 60% de la cuantía establecida en la partida 481.04 en concepto de premios por la participación en el Desfile de Comparsas y Carrozas. Será obligatoria la participación en las cabalgatas de sábado y domingo.
Este porcentaje se distribuirá como sigue:
- 25%: Se concederá en proporción al número de participantes demostrado en el desfile del sábado y domingo.
- 15%: Se concederá en proporción al valor concedido a cada uno de los trajes por perito profesional.
- 30% para carrozas. La subvención se concederá en base a la puntuación obtenida en peritaje profesional de costos utilizado. El reparto de la subvención será proporcional.
- 30% para megafonía. En este apartado se pone en conocimiento de las comparsas participantes lo siguiente:
—La música en vivo será abonada con 540 €. Los componentes del grupo que ejecute la música no serán considerados miembros de la comparsa, si bien deben ir igualmente disfrazados.
—Se establecen las siguientes potencias máximas de megafonía:
Comparsas grandes: 6.000 W.
Comparsas medianas: 4.000 W.
Comparsas pequeñas: 2.000 W.
Si alguna comparsa excediese de 300 componentes podrá utilizar una potencia máxima de 8.000 W.
—En ningún caso se concederán subvenciones superiores a la potencia real de megafonía pemitida.
Todas las comparsas deberán aportar certificado extendido por empresa de sonido en el que se indicará la potencia de la megafonía que utilizará la comparsa en cuestión.

b) 30% de participacion a distribuir entre los siguientes conceptos:
- 30% para la participación en la actividad denominada «A las mañanitas-Mañanitas»
Esta cantidad se distribuirá proporcionalmente entre todas las comparsas participantes. El mínimo de participación por comparsa será de 8 personas.
La no asistencia significará la pérdida de toda cantidad por este concepto.
Las comparsas cuyo número de componentes sea inferior o igual a 10 personas percibirán la cantidad fija de 60 € por participar en todos estos actos. Caso de no asistir a alguno de ellos no percibirán cantidad alguna.
- 20% para actuación por los barrios de Donostia-San Sebastián en desfiles diferenciados de los organizados por el CAT. Se subvencionará una salida como máximo, repartiéndose este pocentaje en base al número de componentes demostrados en los desfiles de sábado y domingo por cada una de las comparsas que realicen las salidad subvencionadas.
- 50% para la participación en la presentación de comparsas del viernes por la tarde y/o en la fiesta infantil del domingo. Este porcentaje se repartirá en base al número de componentes demostrados en los desfiles de sábado y domingo por cada comparsa participante. La cuantía a percibir será la misma se participe en las actividades de uno o de los dos días.

c) 10% para las comparsas que participen en el Domingo de Piñata.
Este porcentaje se repartirá por igual entre todas las comparsas participantes en el domingo de Piñata.
Para percibir esta subvención será preciso haber participado en el Concurso de Comparsas y Carrozas

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones y Sociedades Gastronómicas, Culturales, Deportivas y/o Recreativas que participen en el Concurso de Comparsas y Carrozas de los Carnavales Donostiarras 2005 y se hallen inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ver Cuantía.

Requisitos:

No podrán acceder a la concesión de subvenciones municipales aquellas personas que, en virtud de la normativa vigente, tengan limitado o suprimido ese derecho.

Asimismo, no se concederán subvenciones a quienes hayan sido sancionados por incumplimiento de sus obligaciones sociales en los dos años anteriores a la solicitud de subvención.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2004
BO Provincia de Guipúzcoa- Nº 193
Documento: Convocatoria Descargar Documento