Ayudas para la participacion en acciones y programas de promocion exterior establecidas y convocadas por el Instituto de Promocion Exterior de Castilla-La Mancha, ente publico adscrito a la misma.

Código de ayuda:

S09364/09

Norma:

Orden de 05/02/2009.

Plazo de Solicitud:

Según convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la participación en acciones y programas de promoción exterior que otorgue el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha (en adelante IPEX), creado mediante Ley 3/2002, aprobada por las Cortes de Castilla-La Mancha el 7 de marzo y publicada en el DOCM nº 34 de 18 de marzo de 2.002.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, especialmente pequeñas y medianas empresas, denominadas de ahora en adelante Pymes, pudiendo acceder a las ayudas, además las personas física y jurídicas, organismos intermedios, las comunidades de bienes, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, excepto las empresas públicas, en los términos y con arreglo a las condiciones del artículo 11 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, salvo que se establezca una excepción a este requisito en la convocatoria según lo previsto en el artículo 73.2 b), de la Ley 9/2006 de 21 de diciembre de 2.006, de modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en la forma prevista en esta Orden y la legislación concordante.

e) Acreditar con anterioridad a la propuesta de resolución, que no se ha solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Los anteriores requisitos deben cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse durante el disfrute de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 12/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento