Ayudas para la participación en Programas de Integración Social del Sistema Regional de Servicios Sociales y correcciones.
Código de ayuda:
S55955/05Norma:
Orden de 25-11-2005. Correccion de errores de 14-07-2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas a Entidades Públicas, Entidades sin fin de lucro y Organizaciones Privadas de Iniciativa Social, para la ejecución de planes, programas y proyectos en materia de integración social, en el marco de aplicación del II Plan Regional de Integración Social, durante el año 2006.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para Municipios:80% del coste del proyecto/Ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes.
90% del coste del proyecto/Ayuntamiento entre 10.000 y 20.000 habitantes
95% del coste del proyecto/Ayuntamiento/ menores de 10.000 habitantes y mancomunidades y agrupación de municipios.
Para Entidades no lucrativas y organizaciones de iniciativa social: hasta 90% del coste.
Para Proyectos presentados por las citadas entidades que contemplen la ejecución de proyectos integrados en programas municipales de ámbito local: el 95% del coste del proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Municipios, Mancomunidades, Agrupaciones de Municipios de la Región, Entidades no lucrativas y Organizaciones Privadas de Iniciativa Social.Requisitos:
1. A las Corporaciones locales: disponer de recursos técnicos adecuados o su compromiso de crearlos para la gestión de las ayudas solicitadas en su ámbito territorial.2. A las agrupaciones de municipios: base 3, punto 2.
3. A las Entidades no lucrativas y organizaciones privadas de iniciativa social:
- estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el registro de Entidades Sociales y Centros de Servicios Sociales.
- carecer de fin de lucro.
- acreditar, según establece base octava, de hallarse al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- haber justificado, en su caso, las ayudas recibidas por parte de esta Consejería para fines análogos.
- disponer de estructura técnica y capacidad financiera para el cumplimiento de programas y proyectos presentados.
- tener domicilio fiscal en la región.(excepto en casos ).
- no estar incurso en las circunstancias previstas en el art 13 de la Ley General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
01/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
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Boletín:
30/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
25/07/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 151
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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