Ayudas para la participación en Programas de Integración Social del Sistema Regional de Servicios Sociales y correcciones.

Código de ayuda:

S55955/05

Norma:

Orden de 25-11-2005. Correccion de errores de 14-07-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a Entidades Públicas, Entidades sin fin de lucro y Organizaciones Privadas de Iniciativa Social, para la ejecución de planes, programas y proyectos en materia de integración social, en el marco de aplicación del II Plan Regional de Integración Social, durante el año 2006.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para Municipios:
80% del coste del proyecto/Ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes.
90% del coste del proyecto/Ayuntamiento entre 10.000 y 20.000 habitantes
95% del coste del proyecto/Ayuntamiento/ menores de 10.000 habitantes y mancomunidades y agrupación de municipios.

Para Entidades no lucrativas y organizaciones de iniciativa social: hasta 90% del coste.

Para Proyectos presentados por las citadas entidades que contemplen la ejecución de proyectos integrados en programas municipales de ámbito local: el 95% del coste del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Municipios, Mancomunidades, Agrupaciones de Municipios de la Región, Entidades no lucrativas y Organizaciones Privadas de Iniciativa Social.

Requisitos:

1. A las Corporaciones locales: disponer de recursos técnicos adecuados o su compromiso de crearlos para la gestión de las ayudas solicitadas en su ámbito territorial.

2. A las agrupaciones de municipios: base 3, punto 2.

3. A las Entidades no lucrativas y organizaciones privadas de iniciativa social:
- estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el registro de Entidades Sociales y Centros de Servicios Sociales.
- carecer de fin de lucro.
- acreditar, según establece base octava, de hallarse al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- haber justificado, en su caso, las ayudas recibidas por parte de esta Consejería para fines análogos.
- disponer de estructura técnica y capacidad financiera para el cumplimiento de programas y proyectos presentados.
- tener domicilio fiscal en la región.(excepto en casos ).
- no estar incurso en las circunstancias previstas en el art 13 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 01/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 30/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 25/07/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 151
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento