Ayudas para la organización de congresos y reuniones de carácter científico a celebrar en el segundo semestre de 2019.

Código de ayuda:

S36200/19

Norma:

ORDEN de 28 de mayo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto regular y convocar ayudas para la organización de congresos y reuniones dentro del ámbito de la investigación científica y de carácter presencial que se realicen en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el segundo semestre del año 2019.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A la financiación de las ayudas reguladas en esta orden se destinará la cantidad total de 200.000 euros.

El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria prevista en la legislación vigente y con carácter previo a la resolución de las mismas. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante la oportuna resolución del Viceconsejero de Universidades e Investigación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas los agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación pertenecientes a cualquiera de las categorías de agentes de acuerdo al artículo 3 del Decreto 109/2015, de 23 de junio (BOPV n.º 3170 de 16-07-2015), por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, con la excepción de las categorías de unidades de I+D empresariales y organismos de intermediación oferta/demanda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La organización, alquileres, la creación de páginas web o servicios de apoyo, traducción, marketing, señalética y la difusión, incluida la publicación de la actividad y el coste de las pausas café entre las sesiones.

b) Los viajes, el alojamiento y la manutención de los y las ponentes invitados, así como su gratificación por participar en la actividad subvencionada.

c) Las ayudas a jóvenes investigadores e investigadoras de hasta 30 años inclusive, para la asistencia a las acciones objeto de la convocatoria. Estas ayudas comprenden exclusivamente las rebajas totales o parciales a aplicar en los precios de la inscripción sobre cuota básica (excluidos gastos sociales), y ayudas para gastos de viaje con un límite máximo de un 20 por ciento sobre el coste del viaje. No se subvencionarán gastos de viaje con vehículo propio.

d) El gasto destinado a otorgar premios en Congresos.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 104
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento