Ayudas para la modernización y el fomento del la Artesanía.

Código de ayuda:

S03673/05

Norma:

Resolución de 1 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/03/2005

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones para las microempresas artesanas, se dirigirán a la financiación de las inversiones que tengan por finalidad:
a) Asistencia a cursos, cursillos y seminarios por parte del personal de la empresa artesana con Documento de Calificación Artesanal, que posea la Carta de Maestro Artesano (CMA), siempre que el temario se refiera a aspectos específicamente artesanos o que sea de aplicación a las empresas artesanas, limitada la asistencia a una persona por empresa.
Subvención de hasta un máximo de 2.000,00 euros por la suma de los siguientes conceptos:
- Pago de la matrícula (con el límite del número de horas x 12,00 euros./hora)
b) Adquisición de inmovilizado siempre que suponga una mejora para el proceso de producción artesanal o suponga una mejora para la venta y comercialización del producto artesano, no computando el inmovilizado inmaterial.
Subvención del 30% de la inversión con un máximo de 24.000,00 euros.
No son subvencionables el inmovilizado inmaterial, la compra de locales ni los vehículos, aunque sí la maquinaria de segunda mano, esta última siempre que se justifique y documente formalmente el proceso de compra-venta y la fijación de los precios.
c) Asistencia, en calidad de expositor, a ferias de artesanía que se celebren fuera de la isla de residencia, cuando el producto expuesto esté relacionado con el tema de estas ferias.
Subvención del 50% del coste del stand con un máximo de 3.000,00euros.
Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: Espacio, instalaciones auxiliares, mobiliario ferial, decoración de los stands, transporte de mercader ías con medios externos a la empresa y estancia de una persona.
Si el transporte se realiza con medios propios se valorará a razón de 0,21 eur. por Km.; se incluye el transporte de vehículos propios mediante barco.
Los gastos de la estancia tendrán un limite de 90,00euros por día, con un máximo de 900,00 euros.
d) Edición de catálogos, folletos, campañas de publicidad en prensa, televisión, radio, vallas, etc. u otros medios de difusión de los productos de la empresa (queda excluida la edición de paginas web), siempre que se trate de productos nuevos y no simplemente reedición de los anteriores.
Subvención del 50 % para el conjunto de actividades, con un máximo de 3.000,00 euros.
e) Organización y/o participación en exposiciones de productos artesanos bien sean de carácter individual o colectivo. Subvención del 35% del total con un máximo de 6.000,00 euros.

Las subvenciones para corporaciones locales, se dirigirán a la financiación de las inversiones que tengan por finalidad:
a) Organización y gestión de mercados permanentes de carácter artesanal y de productos autóctonos: subvención del 50% del coste con un máximo de 24.000,00 euros.
b) Organización y gestión de ferias de carácter temporal: para las ferias mixtas (con sección dedicada a la artesanía) la subvención será del 50% del coste total con un máximo de 6.000,00 euros. y, para las ferias con carácter estrictamente artesanal la subvención será del 75% del coste total con un máximo de 15.000,00 euros.

Las subvenciones para Asociaciones de artesanos, se dirigirán a la financiación de las inversiones que tengan por finalidad:
a) Jornadas técnicas y seminarios, que aborden aspectos fundamentales o profundicen en temas monográficos, mediante euniones en las que uno o varios ponentes sucesivamente, desarrollen frente a un auditorio diversos temas sobre una o varias materias.
Subvención del 75% del coste de la acción con un máximo de 6.000,00 euros.
b) Congresos a celebrar en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, donde se puedan presentar y debatir, por personas y estamentos privados y públicos, temas sobre uno o varios aspectos relacionados con el sector, con adopción de conclusiones que en todo caso se elevarán a los Poderes Públicos y se divulgarán para general conocimiento.
Subvención del 75% del coste de la acción por un máximo de 12.000,00euros.
c) Misiones comerciales que permitan un mejor conocimiento ‘in situ’ de la tecnología comercial, técnicas de gestión, organización, equipamiento, distribución física, etc., a efectos de su difusión posterior y aplicación práctica.
Subvención del 75% del coste de la acción con un máximo de 6.000,00 euros.
Los gastos subvencionables serán los de desplazamiento y estancia, el coste por persona integrante de la misión, no podrá superar la cantidad de 450,00 euros.
En la solicitud de ayuda se hará constar los objetivos a alcanzar, programa a desarrollar durante la estancia y medios de transporte a utilizar.
d) Organización y gestión de ferias, mercados, etc., artesanales o mixtas con secciones artesanales.
Subvención del 40% del coste de la acción con un máximo de 12.000,00 euros por proyecto aprobado.
e) Asistencia como expositor colectivo a ferias de índole artesana fuera de la isla de procedencia.
Subvención del 50% del coste de la acción con un máximo de 9.000,00 euros por proyecto aprobado.
Esta subvención no es aplicable a ferias que estén financiadas por la CAIB.
Se aceptarán como gastos todos los relacionados directamente con el coste del stand y el transporte de las mercancías.
f) Organización y gestión de ferias de carácter temporal. Subvención de 50 % del coste total de la acción, con un máximo de 6.000,00 euros, para las ferias mixtas (con sección dedicada a la artesanía); subvención del 75% del coste de la acción, con un máximo de 12.000,00 euros para las ferias con carácter estrictamente artesano.
g) Elaboración de folletos, carteles, videos, catálogos y otros elementos de difusión cuando estos tengan por objeto la promoción de la artesanía o de un colectivo de empresas artesanas (no será subvencionable independientemente, cuando se integre en el conjunto de actuaciones correspondientes a la organización de ferias, mercados, etc.).
Subvención del 50% del coste total de la acción, con un máximo de 3.000,00 euros.
Se consideran gastos subvencionables, los gastos de creación, diseño, fotografías, fotolitos, ‘displays’ y otros medios de soporte de imagen, campañas publicitarias a través de radio, prensa, TV, vallas, etc.
h) Creación y reforma de centros artesanales. Subvención del 75% del coste de la acción y un máximo de 150.000,00 eur. por proyecto.
i) Organización y realización de otras manifestaciones de carácter eminentemente artesanal o que promocionen inequívocamente la artesanía o las empresas artesanas, no comprendidas en los apartados anteriores.
Para la consideración de estas actividades como subvencionables, se podrá solicitar informe no vinculante a la Comisión de Artesanía de las Islas Baleares.
Subvención del 50% del coste de la acción con un máximo de 6.000,00 euros por proyecto aprobado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Las microempresas artesanas.
A los efectos de esta Resolución, se entienden como tales las empresas que tengan menos de 10 empleados (media aritmética de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de subvención), con Documento de Calificación Artesanal (DCA), Maestros Artesanos con Carta de Maestro Artesano (CMA) i artesanos con Carta de Artesano (CA).
- Corporaciones locales.
- Asociaciones de artesanos que actúen sin ánimo de lucro, que estén implantadas en una isla y que cuenten, al menos, con 25 asociados con la carta de maestro artesano en la isla de Mallorca y 10 asociados con las mismas características en las islas de Menorca e Ibiza-Formentera, respectivamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Asistencia a cursos, cursillos y seminarios.
- Adquisición de inmovilizado siempre que suponga una mejora para el proceso de producción artesanal.
- Asistencia a ferias de artesanía que se celebren fuera de la isla de residencia, cuando el producto expuesto esté relacionado con el tema de estas ferias.
- Edición de catálogos, folletos, campañas de publicidad en prensa, televisión, radio, vallas, etc. u otros medios de difusión de los productos.
- Organización y/o participación en exposiciones de productos artesanos bien sean de carácter individual o colectivo.
- Organización y gestión de mercados permanentes de carácter artesanal y de productos autóctonos.
- Organización y gestión de ferias de carácter temporal.
- Jornadas técnicas y seminarios, que aborden aspectos fundamentales o profundicen en temas monográficos, mediante reuniones.
- Congresos donde se puedan presentar y debatir, temas sobre uno o varios aspectos relacionados con el sector, con adopción de conclusiones.
- Misiones comerciales que permitan un mejor conocimiento ‘in situ’ de la tecnología comercial, técnicas de gestión, organización, equipamiento, distribución física, etc., a efectos de su difusión posterior y aplicación práctica.
- Organización y gestión de ferias, mercados, etc., artesanales o mixtas con secciones artesanales.
- Asistencia como expositor colectivo a ferias de índole artesana fuera de la isla de procedencia.
- Organización y gestión de ferias de carácter temporal.
- Elaboración de folletos, carteles, videos, catálogos y otros elementos de difusión cuando estos tengan por objeto la promoción de la artesanía o de un colectivo de empresas artesanas.
- Creación y reforma de centros artesanales.
- Organización y realización de otras manifestaciones de carácter eminentemente artesanal o que promocionen inequívocamente la artesanía o las empresas artesanas.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 21
Documento: Convocatoria Descargar Documento