Ayudas para la modernización de las estructuras agrarias y modificaciones.
Código de ayuda:
S21428/04Norma:
Orden de 28-07-2004. Orden de 01-06-2006. Orden de 20-08-2007. Orden de 17-12-2007. Orden de 20-08-2007. Orden de 31- 03- 2008.Plazo de Solicitud:
Entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de cada año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias y para la mejora, consolidación y transformación de los regadíos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
PROGRAMA 1Mejora y Modernización de las Estructuras de Producción de las Explotaciones Agrarias.
1. Sección 1 Inversiones en explotaciones agrarias.
- Las ayudas a las inversiones podrán consistir en subvenciones de capital, bonificación de intereses, subvención de una parte del número de anualidades de amortización del principal, ayudas para sufragar costes del aval, o en una combinación de ellas: hasta el 50% en las zonas desfavorecidas, y hasta el 40% en el resto de las zonas.
- El volumen de inversión objeto de ayuda será de hasta 90.151,82 euros por unidad de trabajo agrario (UTA), con un límite máximo de 180.303,63 euros por explotación, cuando su titular sea una persona física o una comunidad de bienes. En el caso de titulares personas jurídicas, el limite máximo por explotación podrá multiplicarse por el número de socios de la entidad que acrediten por la actividad que desarrollan en la misma su condición de agricultores profesionales, hasta un máximo de cuatro, sin perjuicio del límite por UTA, es decir, hasta un límite máximo de 721.214,52 euros.
- Excepcionalmente, dichos límites máximos de inversión, sin perjuicio del limite anterior por UTA, se podrán incrementar, sin superar los 601.012,10 euros para las personas físicas y los 721.214,52 euros para las personas jurídicas, para las explotaciones de agricultura intensiva, en los supuestos definidos por esta Comunidad Autónoma a continuación: el exceso entre los límites de este párrafo y el anterior se realizará en inversiones exclusivamente en materia de regadíos, que impliquen una mejora de la eficiencia de los sistemas de riego y hayan sido realizadas en cultivos lenosos intensivos, hortícolas, sociales y otros.
- Cuando el beneficiario sea un agricultor, menor de 40 anos en el momento de su primera instalación, que, simultáneamente a ella o en los cinco anos siguientes a la misma, presente un plan de mejora para su explotación, podrá obtener una ayuda suplementaria del 10 por 100 de la inversión, como máximo.
2. Seccion 2. Agricultores jóvenes.
3. Sección 3. Ayudas nacionales a inversiones en planes de mejora destinadas a adecuar la base territorial de la explotación.
a) Una bonificación de intereses cuyo importe actualizado, determinado conforme al anexo 4, no supere la cantidad de 20.000 euros, resultante de aplicar, durante un período máximo de quince años, una reducción, total o parcial, del tipo de interés preferente establecido en los Convenios suscritos con las entidades financieras.
b) Una prima por explotación cuya cuantía máxima podrá ser de 20.000 euros que podrá sustituirse, total o parcialmente, por una bonificación de intereses equivalente.
- Las cuantías máximas de ayuda podrán incrementarse en un 10 por ciento cuando se genere en la explotación al menos 1 UTA asalariada adicional a la de cada joven que se instala, en los supuestos en los que sea una agricultora joven la beneficia-ria de las mismas, así como en los casos en los que el joven se instale en una explotación ubicada en una zona de montaña.
PROGRAMA 2
Mejora, consolidación y transformación de regadíos.
4. Sección 4. Optimización de la gestión de los recursos hídricos.
- Podrán subvencionarse directamente con una cuantía de hasta un ochenta por ciento de la inversión financiable establecida en la resolución aprobatoria emitida por la Administración para las mismas.
- La inversión máxima fnanciable anualmente por superficie afectada es de 30 euros/ha; asimismo, los gastos por dietas y los de kilometraje, que se abonarán estos últimos, como máximo, conforme a las tarifas oficiales, se limitan a 1.500 euros y a 12.000 Km por técnico agrario contratado fijo y año.
5. Sección 5. Obras y actuaciones de mejora, consolidación y transformación de regadíos.
No podrá superar en ningún caso el 50% de la inversión financiable ni de la realmente justificada, la ayuda máxima a auxiliar en mano de obra será igual o inferior en todo caso a 100.000 , así como el importe de los jornales no podrá superar los 50 euros/día, con independencia de que se alcancen unos rendimientos mínimos de trabajo acordes a los de mercado para que se considere auxiliable.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
PROGRAMA 11. Sección 1 Inversiones en explotaciones agrarias.
Personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias.
2. Seccion 2. Agricultores jóvenes.
Agricultores jóvenes que realicen su primera instalación.
3. Sección 3. Ayudas nacionales a inversiones en planes de mejora destinadas a adecuar la base territorial de la explotación.
a) Titulares de explotaciones agrarias, personas físicas o jurídicas.
b) Pequeños agricultores que sean titulares de una explotación agraria prioritaria para la adquisición de tierras integrantes de dicha explotación que vengan cultivando en régimen de arrendamiento, siempre que, tras la adquisición, la explotación mantenga su condición de prioritaria.
PROGRAMA 2
4. Sección 4. Optimización de la gestión de los recursos hídricos.
Juntas Centrales y Comunidades Generales de Usuarios, además de las Comunidades de Usuarios y Comunidades de Regantes.
5. Sección 5. Obras y actuaciones de mejora, consolidación y transformación de regadíos.
a) Las entidades asociativas cuya finalidad sea el riego en común, constituidas o en fase de constitución al amparo de la legislación de aguas, con amplia implantación territorial y dimensión suficiente.
b) Las personas físicas titulares de explotaciones que sean agricultores no profesionales y las personas jurídicas titulares de explotaciones que no cumplan con determinadas actuaciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
PROGRAMA 1Mejora y Modernización de las Estructuras de Producción de las Explotaciones Agrarias.
1. Sección 1 Inversiones en explotaciones agrarias.
a) La mejora de las condiciones de vida y trabajo de los agricultores y de los empleados de las explotaciones. Las inversiones consideradas se destinarán, en exclusiva, a la mejora de las prácticas agrarias y tareas derivadas de la explotación agraria.
b) La mejora cualitativa y la ordenación de producciones en función de las necesidades de mercado y, en su caso, con vistas a la adaptación a las normas comunitarias de calidad, así como para la diversificación de las actividades agrarias, especialmente mediante inversiones destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos agrarios de la propia explotación.
c) La adaptación de las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización, telemática y el uso de energías renovables, que, en este último caso, deberán contar con dictamen técnico favorable de la Agencia de Gestión de la Energía de Castilla-La Mancha.
d) El cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, establecidas recientemente. A estos efectos, se entenderán como recientemente establecidas las normas que hayan entrado en vigor en el plazo máximo de un ano anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.
e) La mejora de las condiciones de higiene de las explotaciones ganaderas y de bienestar de los animales, la protección y mejora del suelo, de la cubierta vegetal y del medio ambiente.
f) La compra de tierras para adecuar la estructura productiva de la explotación.
2. Seccion 2. Agricultores jóvenes.
3. Sección 3. Ayudas nacionales a inversiones en planes de mejora destinadas a adecuar la base territorial de la explotación.
PROGRAMA 2
Mejora, consolidación y transformación de regadíos.
4. Sección 4. Optimización de la gestión de los recursos hídricos.
A) Gastos de constitución, apoyo técnico y trabajos de elaboración de bases de datos, aplicaciones informáticas e inventarios necesarios para una mejor gestión de los recursos hídricos exis-tentes, así como publicación de los mismos.
B) Apoyo técnico y publicación de resultados del desarrollo y seguimien-to, en el seno de la entidad asociativa, del Servicio Integral de Asesoramiento al Regante (SIAR) implantado por la Consejería de Agricultura.
5. Sección 5. Obras y actuaciones de mejora, consolidación y transformación de regadíos.
Requisitos:
Consultar artículo 4 de Convocatoria.Documentos asociados
Boletín:
26/08/2004
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 156
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 156
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Boletín:
26/06/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 130
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DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 130
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Boletín:
25/12/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 268
Documento: Modificación Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 268
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Boletín:
14/04/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 77
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DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 77
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