Ayudas para la mejora y modernización de infraestructuras de riego en comunidades de regantes y comunidades generales de regantes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020.

Código de ayuda:

S35082/19

Norma:

Orden de 24 de mayo de 2019. Orden de 12 de junio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de agosto de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 400.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego y el ahorro de agua.

b) Reducción de pérdidas de agua en el transporte y distribución.

c) Mejora de la eficiencia energética de la infraestructura comunitaria de riego.

d) Generación de energía renovable para abastecimiento de la infraestructura comunitaria de riego.

e) Aumento de la capacidad de regulación de caudales y/o almacenamiento, mediante la construcción de balsas de riego.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece una intensidad de la ayuda del 40% sobre el presupuesto de la inversión subvencionable indicado en el artículo anterior, salvo para las inversiones en energías renovables, en las que la intensidad será del 20%. En cualquier caso, la cuantía máxima de la ayuda no superará los 400.000 euros por
solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas comunidades de regantes y comunidades generales de regantes, adscritas al organismo de cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Segura, cuyo ámbito de riego se encuentre ubicado mayoritariamente (más del 50%) en la Región de Murcia y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

En adelante, donde se menciona a las comunidades de regantes se entenderá incluidas a las comunidades generales de regantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Tomas y captaciones de agua a partir de las concesiones y autorizaciones de que disponga el solicitante.

b) Estaciones elevadoras de agua con sus correspondientes tuberías de impulsión.

c) Construcción de balsas de regulación y almacenamiento de agua.

d) Recubrimiento de balsas para disminuir la evaporación del agua.

e) Instalación de sistemas comunes de filtrado.

f) Instalación de canalizaciones y tuberías para el transporte y distribución de agua.

g) Instalación de hidrantes.

h) Instalación de dispositivos de medición y control de los volúmenes de agua.

i) Automatización del sistema, e informatización de la explotación y la gestión, incluida la adquisición y puesta en servicio de equipos y aplicaciones informáticas para una mejor gestión del agua y/o la energía.

j) Inversiones para la mejora de la eficiencia energética tales como: sectorización de instalaciones de riego por zonas de cota homogénea para su alimentación diferenciada, automatización de equipos de bombeo directo a red de riego con sondas de presión en puntos críticos (regulación mano-caudalimétrica), sustitución de equipos electromecánicos obsoletos por otros de moderna tecnología, instalación de recuperadores de energía (turbinas, etc.), arrancadores estáticos, variadores de frecuencia, condensadores, etc., siempre y cuando estas actuaciones supongan una reducción significativa de los costes energéticos.

k) Inversiones en energías renovables (fotovoltaica, hidráulica y eólica), para el abastecimiento de la infraestructura comunitaria de riego, bien en instalaciones de autoconsumo con conexión a la red o en sistema aislado.

l) Construcción de edificaciones (casetas, centro de control,…) necesarias y proporcionadas para la adecuada gestión.

m) Actuaciones de reducción, mejora o compensación de los efectos ambientales del regadío.

n) Carteles de publicidad de la inversión, que se regirán por lo establecido en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2016/669 de la Comisión, de 28 de abril de 2016.

o) Otras mejoras que justificadamente se consideren necesarios y tendentes al cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo 2.

Documentos asociados

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