Ayudas para la mejora, modernización y consolidación de los regadíos en la Región de Murcia - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S20982/06

Norma:

Orden de 26 de junio del 2006. Orden de 16 de noviembre de 2007. Orden 15 de enero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la mejora, modernización y consolidación de los regadíos en la Región de Murcia, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural FEADER 2007-2013 de la Región de Murcia, y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2009.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Artículo 7.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas Comunidades de Regantes cuyo ámbito de riego se encuentre ubicado mayoritariamente (más del 50%) en la Región de Murcia y sobre las que recaiga la carga fi nanciera de las inversiones y de los gastos que se consideren subvencionables dentro del Proyecto de Modernización que presenten de su regadío.

2. También podrán beneficiarse de las ayudas contempladas en la presente Orden las Comunidades Generales de Regantes, constituidas por dos o más Comunidades de Regantes de primer orden.

3. Los beneficiarios contemplados en los apartados 1 y 2 que se encontrasen en fase de constitución, podrán optar a las ayudas siempre que, en el momento del otorgamiento de las mismas, tengan sus Estatutos aprobados e inscritos en el Organismo de Cuenca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se admitirán como gastos subvencionables los correspondientes a las inversiones en nuevas obras, instalaciones, dispositivos y equipos, incluidos los programas informáticos, siempre que éstos estén asociados directamente al proceso de gestión de los recursos hídricos y al cumplimiento de las fi nalidades señaladas en el artículo anterior. Podrán generar los gastos subvencionables las siguientes inversiones:

a) Tomas y captaciones de agua, a partir de las concesiones y autorizaciones de que disponga la Comunidad de Regantes.
b) Estaciones elevadoras de agua con sus correspondientes tuberías de impulsión.
c) Construcción de balsas de regulación, almacenamiento y control del agua.
d) Recubrimiento de balsas de regulación para disminuir la evaporación del agua.
e) Instalación de sistemas comunes de fi trado.
f) Instalación de tuberías presurizadas en las redes de riego.
g) Instalación de hidrantes.
h) Instalación de dispositivos de medición y control de los volúmenes de agua.
i) Automatización del sistema, e informatización de la explotación y la gestión.
j) Construcción de edificaciones (casetas, centro de control,…) necesarias para la adecuada gestión.
k) Mejoras medioambientales.
l) Otras mejoras que se consideren necesarias y tendentes al cumplimiento de las fi nalidades señaladas en
el artículo anterior, contempladas en el Marco Estatal de Desarrollo rural.

Tendrán, asimismo, carácter subvencionable:
a) Los gastos generales originados por el equipo técnico en la redacción de los estudios y proyectos necesarios, así como los gastos de dirección técnica y certificación final de obra, siempre que en su conjunto no representen un porcentaje superior al 10% de los gastos subvencionables especificados en el apartado anterior.
b) El Impuesto sobre el Valor Añadido no recuperable, cuando se cumpla lo dispuesto en el artículo 71.3, letra a) del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 148
Documento: Bases Reguladoras y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 28/07/2006
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