Ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca en las Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.
Código de ayuda:
S21864/04Norma:
Resolución de 24 de agosto de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/10/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de un Certificado de Calidad para los servicios de bibliotecas mediante la evaluación previa de sus servicios, estructura, gestión y objetivos, y la concesión de subvenciones para la financiación de propuestas de mejora de los servicios de biblioteca que previamente hayan obtenido el citado Certificado.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se determinará, en función de las disponibilidades presupuestarias, no pudiendo superar en ningún caso el 50 % del coste total de las actuaciones de mejora propuestas, con un máximo de 100.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
- Obtención del Certificado de Calidad:Las Universidades españolas que deseen obtener un Certificado de Calidad como un paso más en el proceso de mejora continua y que presenten solicitudes que recojan propuestas de actualización y mejora de sus servicios de biblioteca, tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos.
- Subvenciones:
Las Universidades españolas públicas y privadas sin ánimo de lucro que hayan obtenido el Certificado de Calidad en esta y en la anterior convocatoria, y que presenten solicitudes que recojan propuestas de actualización y mejora de sus servicios de biblioteca, tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos.
Cada Universidad podrá presentar una única propuesta propia, y participar en una sola de carácter interuniversitario.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos de mejora de los servicios bibliotecarios que sirvan para afrontar el nuevo modelo de biblioteca como centro de recursos para el apoyo a la docencia, el aprendizaje y la investigación, fomentar la innovación en servicios y reforzar la cooperación bibliotecaria.Requisitos:
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas las Universidades españolas que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
07/09/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
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