Ayudas para la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de acuerdo con el Programa Nacional Apícola de 2005.
Código de ayuda:
S31328/05Norma:
Resolución de 31 de mayo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria, para el año 2005, de las ayudas para la mejora de la producción y comercialización de la miel en el ámbito de las Islas Baleares, de acuerdo con el Programa Nacional Apícola de 2005, aprobado por la Decisión de la Comisión de 25 de agosto de 2004, al amparo de lo establecido en el Reglamento (CE) nº 797/2004, del Consejo, de 26 de abril, relativo a las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura (DOUE nº. L125, del 28-04-2004) y en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales (BOE núm.74, del 27-03-1999).Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola que figuren inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas o en el Registro Apícola de la Dirección General de Agricultura, con anterioridad al 1 de enero de 2004.Además, los beneficiarios tendrán que cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los colmenares abandonados y las colmenas muertas no darán lugar al cobro de ayudas por su titular.
2. Las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores que cumplan los requisitos establecidos en el punto anterior.
3. Para las medidas de ayuda previstas en el epígrafe d) del apartado tercero, los beneficiarios podrán ser también los laboratorios que efectúen o puedan efectuar análisis de las características fisicoquímicas de la miel, debidamente reconocidos por la Consejería de Agricultura y Pesca.
4. Un mismo apicultor sólo podrá ser beneficiario de ayuda para una misma actuación de forma única para cada una de sus explotaciones, bien a título individual, bien como integrante de una cooperativa u organización representativa.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Pueden ser objeto de ayuda, conforme a lo que dispone la Decisión de la Comisión de día 25/08/2004, por la que se aprueba el Programa de mejora de la producción y la comercialización de los productos de la apicultura, presentado por España de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 797/2004, del Consejo, aquellas actividades o inversiones destinadas a las siguientes finalidades:a) Información y asistencia técnica a los apicultores:
- Formación de apicultores.
- Formación del personal de centros de envasado.
- Formación del personal de laboratorios de organizaciones apícolas.
- Técnicas apícolas.
- Divulgación.
b) Luchar contra la varroasis:
- Asociaciones de defensa sanitaria.
- Costes de tratamientos químicos.
- Métodos de lucha biológica.
- Mejora de las condiciones de tratamiento de las colmenas.
c) Racionalizar la trashumancia:
- Identificación de las colmenas y de los marcos.
- Inversiones en equipos (manipulación y transporte).
- Divulgación de las buenas prácticas de trashumancia.
- Implantación de una red de alerta sanitaria.
- Acondicionamiento de los espacios.
- Seguro para daños y responsabilidad civil.
d) Análisis de la miel:
- Creación y apoyo de laboratorios de organizaciones apícolas.
- Inversiones en equipos de laboratorio.
- Funcionamiento de laboratorios.
- Bontratos de servicios de análisis por organizaciones apícolas.
- Becas de formación.
e) Repoblación de la cabaña apícola.
- Cría de reinas autóctonas.
- Compra de colonias.
Documentos asociados
Boletín:
07/06/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento