Ayudas para la mejora de infraestructuras en fincas rusticas de titularidad municipal y/o comunal y dehesas boyales, para el año 2015.

Código de ayuda:

S56046/14

Norma:

ORDEN de 17 de diciembre de 2014. Decreto 33/2012, de 2 de marzo. Decreto 261/2014, de 2 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria para el año 2015, de las ayudas destinadas a la mejora de infraestructuras en fincas rústicas de propiedad municipal y/o comunal y dehesas boyales, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el Decreto 33/2012, de 2 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la mejora de infraestructuras en fincas rústicas de propiedad municipal o comunal y dehesas boyales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda para la mejora en fincas rústicas municipales y/o comunales y dehesas boyales será del 75 % de la inversión auxiliable.

2. No obstante lo anterior, el importe máximo de la ayuda tendrá un límites de 52.500 euros, por explotación y convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos propietarios de las fincas indicadas en el artículo 1 de la presente orden, que reúnan los siguientes requisitos que no se hallen incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Pozos de sondeo, charcas, abrevaderos y otras instalaciones destinadas a fines agrarios que permitan racionalizar el uso de agua dentro de la finca.

b. Instalación, construcción y reparación de cerramientos perimetrales o de manejo, con fines agrarios.

c. Construcciones ganaderas y naves polivalentes, destinadas a fines agrarios.

d. Rehabilitación de edificaciones existentes en las dehesas boyales o fincas comunales destinadas a usos agrícolas y/o ganaderos.

e. Honorarios de técnicos derivados de redacciones de proyectos o memorias técnicas.

f. Otras mejoras e instalaciones complementarias necesarias para la viabilidad de la explotación agrícola y/o ganadera.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/12/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 236
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 30/12/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 250
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento