Ayudas para la internacionalización de las empresas aragonesas.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S18991/06

Norma:

ORDEN de 9 de junio de 2008. ORDEN de 14 de mayo de 2007. DECRETO 138/2006, de 6 de junio. ORDEN de 22 de junio de 2006. ORDEN de 23 de febrero de 2009. ORDEN de 8 de marzo de 2010. DECRETO 176/2010, de 21 de septiembre. ORDEN de 28 de abril de 2011. ORDEN de 11 de mayo de 2012. ORDEN de 4 de diciembre de 2012. ORDEN de 10 de febrero de 2014. ORDEN de 26 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 20 de marzo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas económicas para la realización de aquellas actuaciones que se destinen a promocionar la internacionalización de las empresas aragonesas, cumpliendo lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada ley, y demás normativa aplicable en materia de subvenciones, de acuerdo con las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la internacionalización de las empresas aragonesas establecidas en el Decreto 138/2006, de 6 de junio, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", de 16 de junio de 2006), modificado parcialmente por el Decreto 176/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", de 4 de octubre de 2010).

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas consistirán en subvenciones a fondo perdido y se calcularán aplicando el resultado de la evaluación del apartado octavo (en porcentaje) sobre el 50% de los gastos elegibles objeto de subvención, los cuales en cualquier caso no podrán superar la cantidad acumulada de 70.000 euros por beneficiario.

2. La base mínima subvencionable será de 3.000 euros.

3. En la determinación de la subvención se respetarán los criterios establecidos en el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

En todo caso, el importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el 80 por ciento del coste de las actuaciones subvencionadas, establecido en la medida 95 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, dando lugar, en su caso, a la modificación de la resolución de concesión y al reintegro del importe que corresponda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes) que tengan su domicilio fiscal en Aragón, desarrollen una actividad empresarial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

b) Asimismo, podrán solicitar estas ayudas las agrupaciones de pymes que, como una parte sustancial de su actividad, realizan de forma conjunta en beneficio de todo el colectivo, actuaciones que contribuyan a la proyección exterior e internacionalización de las pymes que las integran, y que persigan, en todo caso, su introducción, ampliación o consolidación en los mercados exteriores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Elaboración de un plan de internacionalización.

b) Puesta en marcha del plan de internacionalización.

c) Cooperación empresarial entre empresas aragonesas y/o empresas aragonesas y extranjeras para la proyección en el exterior.

d) Participación en concursos y licitaciones internacionales.

Requisitos:

No serán beneficiarias de esta Orden las empresas intermediarias cuya actividad consista en favorecer la exportación indirecta de otras empresas.

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