Ayudas para la incorporación de personal investigador posdoctoral al sistema catalán de ciencia y tecnología dentro del programa Beatriu de Pinós (BP 2017).

Código de ayuda:

S02864/18

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/3025/2017, de 22 de diciembre. RESOLUCIÓN EMC/2274/2018, de 27 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de marzo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de un máximo de 60 ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la incorporación de personal investigador posdoctoral al sistema catalán de ciencia y tecnología dentro del programa Beatriu de Pinós (BP 2017).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda para la contratación del personal investigador es de 86.000,00 (ochenta y seis mil) euros. Esta cantidad financia el coste de cada contrato durante el tiempo previsto en esta convocatoria de la ayuda e incluye la retribución a percibir por el personal investigador, y la cuota patronal de la Seguridad Social.

Las ayudas concedidas se someterán al régimen fiscal vigente en el momento de su otorgamiento.

El importe de la ayuda complementaria es de 6.000,00 (seis mil) euros.

Si se produce una renuncia parcial que implique la justificación de un periodo de contratación inferior a los 12 meses, el importe máximo justificable de la ayuda complementaria será de 3.000,00 (tres mil) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las personas candidatas deben haber obtenido el título de doctor entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de
diciembre de 2015 (se entiende como fecha de obtención del doctorado la fecha de lectura y aprobación de la tesis).

El periodo de obtención del título de doctorado puede ser del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2015 si se justifica cualquiera de estos supuestos durante este periodo:

- Haber disfrutado de un periodo de baja por maternidad o paternidad.

- Haber tenido a cargo a menores de 6 años o personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, o
personas mayores de 65 años que dependan de la persona beneficiaria y requieran una dedicación especial.

- Haber sufrido una enfermedad grave o un accidente con una baja médica igual o superior a seis meses.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los contratos objeto de esta ayuda tendrán una duración mínima de dos años.

Atendiendo a las disponibilidades presupuestarias, estas ayudas se podrán renovar por un año más previa presentación de los informes correspondientes y siguiendo las condiciones y requisitos que se establezcan en la convocatoria correspondiente.

Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán incorporar a la persona candidata y formalizar el contrato de acuerdo con la normativa vigente correspondiente dentro del periodo comprendido entre la fecha de publicación de la resolución de concesión en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (<https://seu.gencat.cat/es/informacio-publica.html>) y el 1 de enero de 2019.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7520
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/01/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7535
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 09/10/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7722
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento