Ayudas para la incorporación de las entidades locales solicitantes a la red de acogida a personas inmigrantes, en desarrollo del Decreto 61/2007, de 17 de abril, por el que se regulan las ayudas para la realización de actividades en los ámbitos de la inmigración y de la convivencia intercultural.

Código de ayuda:

S42200/08

Norma:

ORDEN de 21 de mayo de 2008. Decreto 61/2007, de 17 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la convocatoria para 2008 de las ayudas para la incorporación de las Entidades Locales solicitantes a la red de acogida a personas inmigrantes. Serán objeto de esta ayuda los siguientes programas siempre que sus actividades se efectúen en el presente ejercicio:

a) Nueva contratación de personal técnico en inmigración que sirva de apoyo a las diferentes áreas municipales en la acogida a la población inmigrante, en el diseño de medidas y propuestas que promuevan la interrelación, el apoyo, conocimiento y la valoración en clave de igualdad de las culturas y las personas de distintos orígenes que conviven en el ámbito municipal y en la dinamización, coordinación e impulso de la elaboración del diagnóstico y/o plan local de inmigración.
b) Elaboración de un diagnóstico sobre la situación migratoria en el municipio o municipios para los que
solicitan la ayuda, con el objeto de ayudar a las Entidades Locales a definir y desarrollar las líneas de intervención en materia de inmigración, con la finalidad de elaborar un plan local de inmigración.
c) Elaboración de planes locales de inmigración.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:

a) 33.344 euros por cada profesional contratado/a.
b) 25.000 euros para la elaboración de Plan Local de Inmigración.
c) 18.000 euros para la elaboración del diagnóstico sobre la situación inmigratoria.

Si el costo real fuera inferior a dicha cantidad, el importe de la ayuda en este apartado se reducirá hasta el
mismo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta Orden los municipios, mancomunidades, consorcios, comarcas, agencias de desarrollo comarcal, entidades supramunicipales de carácter local o agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas para gastos de personal generados por la contratación de personal técnico en inmigración:

El objeto de las ayudas es financiar los gastos de personal generados por la contratación de personal técnico en inmigración que, en refuerzo de los servicios sociales, sirva también de apoyo a las diferentes áreas municipales en la acogida a la población inmigrante, en el diseño de medidas y propuestas que promuevan la interrelación, el apoyo, conocimiento y la valoración en clave de igualdad de las culturas y las personas de distintos orígenes que conviven en el ámbito municipal y en la dinamización, coordinación e impulso de la elaboración del diagnóstico y/o plan local de inmigración.

Ayudas para la elaboración de diagnósticos sobre la situación migratoria:

Los programas para la elaboración de diagnósticos de la realidad inmigratoria han de contemplar:
a) El análisis del marco de inserción del colectivo inmigrante, a saber, la sociedad misma en la que el colectivo se desenvuelve. A tal respecto, cabe mencionar en primera instancia, el imprescindible estudio de los marcos de convivencia y la realidad específica del colectivo inmigrante en los mismos: educación, formación, vivienda, sanidad, empleo, recursos sociales y participación social. En segundo lugar, resulta también relevante la investigación de la percepción y el grado de sensibilización existente por parte de la población autóctona del municipio.
b) El análisis del entramado institucional. Se estima necesario el buen conocimiento de las estructuras de
trabajo, así como de los recursos institucionales existentes, de forma que la inmigración, como tal fenómeno transversal que constituye, sea tratada consecuentemente desde todos los departamentos y órganos administrativos públicos del municipio.
c) El estudio de los colectivos organizados. Se entiende por colectivos organizados todas aquellas organizaciones y asociaciones relacionadas con la materia de la inmigración: asociaciones de inmigrantes, asociaciones de apoyo a los inmigrantes, sindicatos, asociaciones vecinales, etc.

Ayudas para la elaboración de planes locales de inmigración:

1.– Las ayudas para la elaboración de planes locales de inmigración tienen como objeto ayudar a las Entidades Locales a definir y desarrollar las líneas de intervención en los municipios en materia de inmigración.
2.– Los programas para la elaboración de planes locales de inmigración tendrán que cumplir los siguientes
requisitos:
a) Deberán contemplar el estudio o diagnóstico sobre la situación de la inmigración en el municipio o
municipios y los recursos y programas destinados a su integración.
b) Deberán estar conformes a los principios establecidos en el Plan Vasco de Inmigración y deberán cumplir
los criterios y recomendaciones del mismo.

Serán subvencionables los gastos derivados directamente de la ejecución del proyecto financiado. No serán
subvencionables los costes de inversiones ni los gastos financieros que soporten las Entidades solicitantes.

Documentos asociados

Boletín: 02/05/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 83
Documento: Decreto 61/2007 (Bases) Descargar Documento
Boletín: 04/06/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 105
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento