Ayudas para la incentivacion de la mejora de la eficiencia energetica en invernaderos agricolas y en explotaciones de porcino, y se convocan las correspondientes al año 2007.
Código de ayuda:
S67282/07Norma:
ORDEN AAR/388/2007, de 23 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/11/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas ayudas es incentivar la mejora de la eficiencia energética en invernaderos agrícolas y en explotaciones de porcino.Son subvencionables las inversiones que se realicen en el ámbito territorial de Cataluña, relacionadas con la mejora de las instalaciones, los aislamientos y las cubiertas, los sistemas de calefacción, la ventilación y los materiales, así como cualquier mejora que implique un ahorro y una mejora de la eficiencia energética
cuantificable en los invernaderos agrícolas y las explotaciones porcinas que se detallan en el anexo 2 de esta Orden.
Quedan excluidas de ayuda las inversiones en explotaciones del sector porcino que aumenten el número de plazas de cerdo. Para calcular el número de plazas se considerará que la plaza necesaria para unas cerdas corresponde a 6,5 cerdos de engorde.
En ningún caso serán subvencionables las inversiones iniciadas con anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que acrediten los requisitos siguientes:a) Ser titular de una explotación agraria viable.
b) Que cumplan las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
c) Que tengan capacidad profesional suficiente.
d) Que sean pequeña o mediana empresa de acuerdo con el Reglamento CE 70/2001.
También podrán ser beneficiarias de la ayuda a la incentivación de la eficiencia energética de los invernaderos agrícolas, las entidades asociativas de comercialización de productos agrarios, siempre y cuando más de la mitad de los socios sean titulares de explotaciones agrarias viables.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La determinación y la cuantía de las ayudas se realizará de acuerdo con el número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestarias.En ningún caso, el importe total de las ayudas otorgadas podrá rebasar la cuantía máxima que establezca la convocatoria correspondiente.
El porcentaje de ayuda máxima que se concederá a un proyecto será del 25% de la inversión subvencionable, y se puede ampliar en los supuestos siguientes:
- 5% cuando a quien solicite sea persona joven agricultora en la fecha de solicitud o bien la explotación se encuentre ubicada en zona de montaña, zona desfavorecida por despoblamiento o dentro de la Red Naturaleza 2000.
- 2% cuando a quien solicite sea una mujer agricultora.
En ningún caso la inversión máxima subvencionable superará los 100.000 euros por explotación.
a) Los gastos subvencionables para invernaderos agrícolas se referirán a las tecnologías siguientes:
Aislamientos y cubiertas:
- Cambio de paredes y cubiertas por nuevos materiales.
- Instalación de capas térmicas.
- Aislamiento térmico de las conducciones.
Climatización:
- Instalación de calefacción por suelo radiante.
- Cambio de combustible de la caldera de gasóleo a gas natural o biomasa.
- Automatismos de abertura de las ventanas con la finalidad de regular la temperatura.
- Sistemas informáticos de gestión del clima.
- Captadores solares térmicos o cualquier otro dispositivo de aprovechamiento térmico basado en energías renovables.
- Instalación de elementos de sombreado.
- Instalación de sistemas de riego de cubierta.
- Recuperadores de calor.
- Automatización y aislamiento de puertas de acceso.
Iluminación:
- Sustitución de sistemas de iluminación mediante lámparas incandescentes por otros con fluorescentes compactos de primera generación, así como la utilización de balasto electrónico con tubos fluorescentes.
b) Los gastos subvencionables para explotaciones porcinas se referirán a las tecnologías siguientes:
Aislamientos:
- Aislamientos térmicos para las cañerías y las construcciones.
Climatización:
- Calderas de condensación a propano o de biomasa.
- Mejoras en los sistemas de regulación de la ventilación (sondas de humedad, por impulsos, entre otros).
- Automatismos de abertura de las ventanas con la finalidad de regular la temperatura.
- Sistemas informáticos de gestión del clima.
- Captadores solares térmicos o cualquier otro dispositivo de aprovechamiento térmico basado en energías renovables.
Iluminación:
- Sustitución de sistemas de iluminación mediante lámparas incandescentes por otros con fluorescentes compactos de primera generación, así como la utilización de balasto electrónico con tubos fluorescentes.
Documentos asociados
Boletín:
29/10/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4997
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4997
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento