Ayudas para la implantacion de experiencias piloto de servicios de transportes publicos regulares permanentes de viajeros de uso general por carretera de ambito urbano o comarcal.

Código de ayuda:

S33491/09

Norma:

ORDEN de 25 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgar ayudas económicas para la adquisición de vehículos para la implementación de experiencias piloto en materia de servicios públicos regulares permanentes de viajeros por carretera de ámbito urbano o comarcal.

La concesión de estas ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
Las ayudas se otorgarán en los términos previstos en la presente orden y de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Transportes (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La adquisición de vehículos se subvencionará hasta el 80% del coste total de la inversión realizada (excluido IVA), con las siguientes ayudas máximas:

A) Para la adquisición de vehículos nuevos:

– 100.000 euros por autobús (longitud de bastidor > 9 m).

– 50.000 euros por minibús (longitud de bastidor ≤ 9 m).

B) Para la adquisición de vehículos usados:

– 85.000 euros por autobús (longitud de bastidor > 9 m).

– 30.000 euros por minibús (longitud de bastidor ≤ 9 m).

En el caso de empresas, el importe de las ayudas no podrá hacer que las ayudas totales de minimis que reciba la empresa durante un periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a cien mil euros (100.000 €). Del mismo modo las ayudas concedidas no podrán acumularse con ninguna ayuda pública correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior a los citados cien mil euros (100.000 €).

El importe de las subvenciones o ayudas no podrá ser de una cuantía que, aislada o conjuntamente con las subvenciones de otras administraciones públicas o con otros ingresos provenientes de entes públicos o privados, supere el coste de la inversión que el beneficiario realice en la adquisición del correspondiente vehículo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 €, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren, las cuales deberán aportarse junto a la solicitud de la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán presentarse junto a la solicitud, se realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A los efectos de la presente convocatoria podrán ser beneficiarios de subvención las empresas y entidades públicas por la implantación de experiencias piloto en materia de transporte urbano y comarcal en la Comunitat Valenciana debiendo cumplir los requisitos enunciados en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Requisitos:

En el caso de empresas deberán cumplir:

a. Que sean titulares de concesiones de servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera de competencia de la Generalitat.

b. Que renueven o amplíen la flota de material móvil adscrita a dichas concesiones. Los vehículos no podrán haber sido adquiridos con anterioridad al 1 de enero de 2007.

c. Que acometan una experiencia piloto en la prestación de los servicios que represente mejoras sustanciales respecto de los derivados en su régimen concesional vigente.

Requisitos

Quienes soliciten ser beneficiarios de las ayudas estarán obligados, en todo momento, a facilitar cuanta información les sea requerida por la Dirección General de Transportes y Logística, y a someterse a cualquier actuación de control y verificación del empleo y uso de las ayudas otorgadas.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6001
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento