Ayudas para la implantacion de Secciones Europeas en los centros educativos de las Islas Baleares sostenidos con fondos publicos, para el curso 2011-12.

Código de ayuda:

S09337/11

Norma:

Palma, 4 de febrero de 2011. Orden de 17 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el sistema de selección de los centros escolares sostenidos con fondos públicos de las Islas Baleares que tienen que participar en el programa de Secciones Europeas a partir del próximo curso
2011-12 con el desarrollo de una experiencia nueva de enseñanza de contenidos en lengua extranjera.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los siguientes centros de las Islas Baleares, sostenidos con fondos públicos, que imparten educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato o ciclos formativos:

a) Centros que quieran participar por primera vez al programa, como también los que tienen ya autorizada una Sección Europea y quieren crear una nueva, es decir, a otra etapa educativa o en otro idioma.

b) Centros con autorización administrativa excepcional y limitada para el curso 2010-11 para impartir enseñanzas no lingüísticas en lengua extranjera.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se pueden incorporar al programa de Secciones Europeas dentro del marco de esta convocatoria hasta un máximo de 30 centros nuevos, el curso escolar 2011-12.

Se entiende por Sección Europea el uso de una lengua extranjera como lengua vehicular de la enseñanza de un área, una materia o un módulo no lingüístico a lo largo de una etapa educativa.


Requisitos:

1.- La Sección Europea tiene que contar con la aprobación del claustro de profesorado y el consejo escolar para la implantación.

2.- Las Secciones Europeas tienen que contar con profesorado que garantice las enseñanzas de las áreas, las materias o los módulos impartidos en la lengua de la Sección, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden de 17 de junio de 2009, citada anteriormente.

3.- Los profesores especialistas en áreas o materias no lingüísticas, propuestos por los centros para impartir áreas o materias no lingüísticas en el marco de las Secciones Europeas tienen que tener acreditado un nivel medio de conocimientos de la lengua extranjera de la Sección (mínimo nivel B2 del MCER - Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas), de acuerdo con las titulaciones del artículo 5 de la Orden de 17 de junio de 2009.

El profesorado que, a pesar de tener el nivel suficiente de conocimientos de lengua extranjera, no cuente con la titulación requerida, adquiere el compromiso de conseguir, en un plazo máximo de tres cursos escolares, la titulación requerida para poder continuar impartiendo la Sección Europea.

4.- Todo el profesorado que tenga que impartir por primera vez su área, materia o módulo en lengua inglesa, tendrá que realizar un curso de formación específico para el profesorado de Secciones Europeas en las Islas Baleares, convocado por la Consejería de Educación y Cultura, que constará de tres módulos:

- Módulo A: curso de lengua inglesa en línea de 120 horas de duración a lo largo del primero y segundo trimestres del curso 2011-2012. Este módulo tiene carácter obligatorio sólo para el profesorado que no esté en posesión de una titulación acreditativa de nivel B2 de la lengua de la Sección.

- Módulo B: curso de introducción a la metodología AICLE (Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lengua Extranjera) de 30 horas en los Centros de Profesorado de las Islas Baleares durante la segunda quincena del mes de junio de 2011.

- Módulo C: curso de lengua inglesa y metodología AICLE de 50 horas de duración durante el mes de julio de 2011 (15 días) en un país de habla anglosajona.

Todo el profesorado que participe por primera vez en el programa de Secciones Europeas, excepto en casos bien justificados (de causa mayor), tiene que participar en los módulos B y C de este curso; el módulo A es sólo para el profesorado sin la acreditación lingüística requerida.

5.- Los profesores propuestos para impartir áreas o materias no lingüísticas por los centros que soliciten Secciones Europeas en lengua francesa o lengua alemana deberán participar en un curso de 50 horas de formación en el idioma correspondiente y el enfoque AICLE, el cual será subvencionado por la Consejería de Educación y Cultura, y tendrá lugar durante el verano de 2011 en Francia o en Alemania.

6.- La aprobación definitiva de la Sección Europea quedará sometida a la participación con aprovechamiento del profesorado en estos cursos de preparación.

7.- Los mencionados cursos de formación serán financiados por la Administración educativa, con la excepción de los gastos de transporte al extranjero, que tienen que correr a cargo de los participantes.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/02/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 28
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos Descargar Documento