Ayudas para la formación de personal investigador, y modificaciones.
Código de ayuda:
S10291/06Norma:
RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2006. RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/02/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la convocatoria correspondiente al año 2006 para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de 902 ayudas para la Formación del Personal Investigador (FPI) en Centros de I+D de aquellos titulados superiores universitarios que deseen realizar una tesis doctoral asociada a proyectos de I+D concretos financiados por el Plan Nacional de I+D+I, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.Además, el Programa de Ayudas FPI financiará las tasas de los cursos de doctorado y la realización de estancias en otros Centros de I+D y en empresas, de acuerdo con lo establecido en los apartados correspondientes de esta resolución.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas durante el periodo al que se refiere el apartado cuarto.1.a de esta Resolución los titulados superiores que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumpla todos los requisitos exigidos para la obtención del título de licenciado, ingeniero superior o arquitecto, incluidos en su caso los que correspondan al proyecto fin de carrera.La fecha fin de estudios debe ser posterior al 1 de enero de 2002, salvo para los licenciados en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR), o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR), en cuyo caso la fecha de fin de estudios deberá ser posterior al 1 de enero de 1998.
También podrán presentar su solicitud los titulados cuya fecha fin de estudios sea posterior al 1 de enero de 1998 y que acrediten que entre esta fecha y el 1 de enero de 2002 se hayan dedicado a la atención y al cuidado de hijos menores de seis años.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas durante el periodo al que se refiere el apartado cuarto.1.b de esta Resolución los Centros de I+D sin ánimo de lucro, que tengan capacidad de contratación laboral, y que hayan obtenido un proyecto de investigación concreto financiado por el Plan Nacional de I+D+I, escogido como susceptible de tener asociada una ayuda para realizar una tesis doctoral de acuerdo al apartado duodécimo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La duración de las ayudas será de 48 meses, contados a partir de la fecha de incorporación del personal investigador en formación al Centro de I+D, y se estructuran en dos periodos diferenciados:a) En el primero, con una duración de 24 meses, la ayuda revestirá las características de una beca y, durante el mismo, el personal investigador en formación deberá alcanzar la suficiencia investigadora por medio de la obtención del DEA o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior.
Aunque el investigador en formación hubiera obtenido el DEA con anterioridad a la finalización de los dos primeros años de beca, no accederá a la fase de contrato hasta que complete el período de dos años de beca. Los periodos de suspensión de la ayuda por causa de incapacidad temporal (enfermedad o accidente), riesgo durante el embarazo y descanso por maternidad y paternidad debidamente acreditadas podrán ampliar el cómputo de la duración de la fase de beca.
b) En el segundo periodo, que comprenderá como máximo los dos años siguientes desde la finalización del periodo de beca, el Centro de I+D formalizará con el personal investigador en formación, que esté en posesión del DEA o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior, un contrato de trabajo en prácticas en virtud del cual el investigador quedará vinculado al centro de formación donde desarrolle su tesis doctoral, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que del mismo se deriven, y que en todo caso se adecuarán al contenido de la solicitud de ayuda.
Con carácter excepcional, y siempre que se hayan cumplido los dos años de beca, el Centro de adscripción del personal investigador en formación podrá celebrar un contrato sin que el sujeto afectado haya obtenido
el DEA o documento equivalente, siempre que su actividad científica sea evaluada positivamente por la Comisión Nacional de la Actividad Investigadora.
Documentos asociados
Boletín:
10/04/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 85
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 85
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín:
18/01/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 16
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 16
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín:
27/07/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
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