Ayudas para la formacion de personal investigador, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica.
Código de ayuda:
S24791/08Norma:
RESOLUCION de 15 de febrero de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/04/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la convocatoria para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de dos (2) ayudas para la Formación del Personal Investigador (FPI) de aquellos titulados superiores universitarios, que deseen realizar una tesis doctoral en los temas que se detallan en el Anexo I de esta Resolución.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Durante el periodo de beca, la dotación de la misma será de 1.120 euros mensuales brutos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Titulados superiores universitarios, que deseen realizar una tesis doctoral en los temas que se detallan en el Anexo I de esta Resolución.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Ayudas públicas que fomenten el aumento de la oferta de investigadores y doctores en España, que ayude a la formación investigadora de los recursos humanos, así como que promueva la expansión de la demanda de investigadores, tanto en el sector público como privado, para el buen desarrollo de las actividades de I+D+i.Requisitos:
Para optar a las ayudas convocadas por la presente Resolución, serán necesarios los siguientes requisitos, que deberán cumplirse a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes:a) Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda.
b) Cumplir todos los requisitos necesarios para la obtención del título de licenciado, ingeniero superior o arquitecto, incluidos, en su caso, los que correspondan al proyecto fin de carrera, exigidos para cada tema de los relacionados en el Anexo I. La fecha de finalización de dichos estudios superiores deberá ser posterior a enero de 2003.
También podrán presentar su solicitud los titulados universitarios cuya fecha de fin estudios sea posterior a enero de 1999 y que acrediten que, entre esta fecha y 1 de enero de 2003, se hayan dedicado a la atención
y al cuidado de hijos menores de seis años.
c) Los títulos obtenidos en el extranjero o por centros españoles no oficiales, deberán estar reconocidos oficialmente. A los efectos de solicitar una ayuda FPI, se considerará que el título está reconocido cuando
el solicitante acredite reunir los requisitos para ser admitido en los programas de doctorado de una universidad española, para lo cual deberá presentar un certificado de la universidad correspondiente.
d) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir la realización normal de la actividad formativa objeto de las ayudas que se convocan.
e) No podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y deberán
cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la citada Ley.
f) Que no hayan disfrutado de ayudas a personal investigador en formación durante más de dos años con anterioridad a la presente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
09/04/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 86
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 86
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento