Ayudas para la formacion de personal investigador, en el Marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica 2004-2007.
Código de ayuda:
S58673/07Norma:
RESOLUCION de 17 de abril de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/08/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de tres ayudas para la Formación del Personal Investigador (FPI) de aquellos titulados superiores universitarios, que deseen realizar una tesis doctoral en los temas que se detallan en el anexo I de esta Resolución.Categorías Subvención
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Personal investigador.Requisitos:
Requisitos de los solicitantes:a) Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda.
b) Cumplir todos los requisitos necesarios para la obtención del título de licenciado, ingeniero superior o arquitecto, incluidos, en su caso, los que correspondan al proyecto fin de carrera, exigidos para cada tema
de los relacionados en el anexo I. La fecha de finalización de dichos estudios superiores deberá ser posterior a 1 de enero de 2003. También podrán solicitarlas los titulados cuya fecha de fin estudios sea posterior al 1 de enero de 1999 y que acrediten que, entre esta fecha y el 1 de enero de 2003 se hayan dedicado a la atención y al cuidado de hijos menores de seis años o a la atención y al cuidado de familiares en primer grado, en casos de grave necesidad.
La acreditación de una o varias de las excepciones a la fecha de finalización de estudios indicadas en el párrafo anterior deberá abarcar como mínimo el 50 % del período comprendido entre la fecha de finalización de estudios y enero de 2003.
c) Los títulos obtenidos en el extranjero o por centros españoles no oficiales, deberán estar reconocidos oficialmente. A los efectos de solicitar una ayuda FPI, se considerará que el título está reconocido cuando el
solicitante acredite reunir los requisitos para ser admitido en los programas de doctorado de una universidad española, para lo cual deberá presentar un certificado de la universidad correspondiente.
d) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir la realización normal de la actividad formativa objeto de las ayudas que se convocan.
e) No podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y deberán
cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
f) La nota media del expediente académico del candidato deberá ser igual o superior a 1,50. La nota media se ponderará de la siguiente manera: Suma de créditos multiplicada por el valor de las calificaciones de cada uno y el resultado obtenido dividido entre el número total de créditos. El valor de las calificaciones de los créditos se obtendrá de acuerdo con el siguiente baremo: Aprobado: 1, Notable: 2, Sobresaliente: 3, Matrícula de Honor: 4.
g) Que no hayan disfrutado de ayudas de investigación predoctoral durante más de dos años con anterioridad a la presente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
09/08/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 190
Documento: Convocatoria 2007, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 190
Documento: Convocatoria 2007, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento