Ayudas para la forestación de terrenos agrarios en la campaña 2005.
Código de ayuda:
S11482/05Norma:
Orden Foral 217/2005, de 25 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Contribuir al mantenimiento y desarrollo de las funciones económicas, ecológicas y sociales en las zonas rurales.2. Aumentar las superficies forestales mediante la eliminación del cultivo agrícola en zonas de pendientes elevadas, de escasa producción o con problemáticas particulares que hagan conveniente el cambio de uso y abandono de la actividad agrícola.
3. Mejorar los recursos forestales de la Comunidad Foral de Navarra.
4. Incrementar la calidad ecológica y paisajística del medio agrario mediante la diversificación de las formaciones y de la composición florística de las mismas.
5. Fomentar la gestión del espacio natural más compatible con el medio ambiente.
6. Diversificar la actividad agraria en aquellas zonas donde la actividad repobladora ha sido mínima, contribuyendo a crear una alternativa válida de renta para aquellos cultivos agrícolas excedentarios o deficitarios.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
−Los agricultores a título principal o sus asociaciones.−Dentro de las personas de derecho privado, exclusivamente aquéllas que sean titulares de explotaciones agrarias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Ayudas destinadas a cubrir los gastos de forestación.Se concederán a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que efectúe la forestación de tierras agrarias.
b) Prima anual por hectárea forestada destinada a cubrir durante los cinco primeros años, tras la plantación, los gastos de mantenimiento de las superficies forestadas.
Se concederá a cualquier persona física o jurídica de derecho privado que efectúe la forestación de tierras agrarias y realice los correspondientestrabajos de mantenimiento.
c) Prima anual por hectárea destinada a compensar las pérdidas de ingresos producidas por la forestación de tierras agrarias.
Documentos asociados
Boletín:
21/03/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 34
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 34
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento