Ayudas para la financiación de programas de inclusión social para colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S23673/16

Norma:

DECRETO 86/2012, de 18 de mayo. ORDEN de 22 de junio de 2016. ORDEN de 30 de junio de 2017. Orden de 28 de febrero de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación, total o parcial, de los programas para la inclusión social de colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social que se desarrollen por las entidades privadas sin ánimo de lucro, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2018.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá ser del 100 % del coste de los programas sin que la cuantía objeto de concesión pueda sobrepasar el 40 % de los créditos disponibles ni el importe de 72.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro, que sean federaciones, fundaciones y asociaciones de carácter social, con sede territorial en la región o delegación, que cumplan los siguientes requisitos:

1. No estar incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario.

2. Estar inscrita en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura adscrito a la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.

3. Desarrollar Programas de Inclusión Social.

Requisitos:

No estar incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario.

Estar inscrita en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura
adscrito a la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.

Desarrollar Programas de Inclusión Social.

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