Ayudas para la financiación de las infraestructuras necesarias para la implantación, el control y el seguimiento de los planes de gestión de deyecciones ganaderas.

Código de ayuda:

S18973/04

Norma:

Resolución MAH/1874/2004, de 14 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de los gastos que comportan las infraestructuras necesarias para la implantación, el control y el seguimiento de los planes de gestión de deyecciones ganaderas iniciadas durante los años 2003 y 2004.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será como máximo de un 25% por ciento del gasto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que en el momento de publicar esta Resolución lleven a cabo una actividad ganadera en el ámbito territorial de Cataluña en una zona designada vulnerable de acuerdo con el Decreto 283/1998, de 21 de octubre, o una normativa posterior, y acrediten la presentación del plan de deyecciones ganaderas a la validación del organismo ambiental competente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 220/2001, de 1 de agosto, de gestión de deyecciones ganaderas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El proyecto constructivo, construcción, la obra civil y la adquisición e implantación de los equipamientos de control y seguimiento necesarios para dotar a las explotaciones existentes de las infraestructuras necesarias para cumplir el plan de gestión.
Las infraestructuras comprenden: sistemas de almacenaje, infraestructuras de tratamiento individuales y colectivas y equipos de control.

Requisitos:

a) Solicitud individual: el solicitante será el titular de la explotación ganadera o su representante y será quien soporte el gasto correspondiente a la actuación objeto de subvención.
Se admitirán estas solicitudes para la implantación de aquellas infraestructuras en la explotación ganadera previstas en el plan individual de gestión de deyecciones ganaderas, para un uso individual.
b) Solicitudes colectivas: se admitirán para la implantación de aquellas infraestructuras previstas o proyectadas en un plan colectivo de gestión de deyecciones ganaderas para las explotaciones ganaderas adheridas al plan colectivo, las cuales compartirán el uso de las mismas.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4170
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 08/07/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4170
Documento: Convocatoria (en catalán) Descargar Documento
Boletín: 18/01/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4303
Documento: Modificación Descargar Documento